El diputado nacional de UP Ramiro Gutiérrez presentó un proyecto de ley para modificar el Código Penal e incorporar nuevas figuras delictivas vinculadas a la profanación y exhumación de cadáveres, así como a la destrucción o daño de sepulcros, urnas funerarias, panteones, lápidas y nichos.
La iniciativa propone la incorporación de los artículos 117 ter y 117 quater al Código Penal. El texto establece penas de prisión de seis meses a dos años y multas de entre 100 mil y 10 millones de pesos para quien, sin autorización, profane o exhume un cadáver, sus restos o cenizas, o destruya, altere o dañe elementos funerarios con ánimo de ultraje o deshonor.
Asimismo, el proyecto agrava las sanciones y eleva el máximo de la pena a cuatro años de prisión cuando los hechos sean cometidos por empleados de cementerios o servicios funerarios, cuando incluyan actos de vilipendio, mutilación, brutalidad o necrofilia, cuando impidan la identificación del cadáver o procuren ocultar pruebas, o cuando se realicen por motivos discriminatorios.

En los fundamentos, Ramiro Gutiérrez sostiene que existe un vacío legal en el ordenamiento jurídico argentino, ya que el Código Penal sólo contempla la sustracción de cadáveres cuando tiene fines extorsivos. Según argumenta, otras conductas como la exhumación ilegítima, la profanación de restos humanos o los daños a sepulcros tienen actualmente tratamiento contravencional y reciben sanciones que considera insuficientes frente a la gravedad de los hechos.
El legislador menciona además distintos antecedentes históricos y casos ocurridos en el país para fundamentar la necesidad de una reforma, y señala que numerosas legislaciones extranjeras, entre ellas las de España y Francia, contemplan expresamente delitos vinculados a la profanación de cadáveres y sepulturas.
“Le debemos a la sociedad, a los familiares de aquellos cuyos cuerpos han sido desaparecidos o robados, y a su memoria y honor, la confección de la presente iniciativa legal”, afirma el autor en los fundamentos del proyecto.