La Justicia de Mar del Plata ordenó por primera vez que cogollos de marihuana secuestrados de un procedimiento sean entregados a la Facultad de Ciencias Exactas para investigar la eficacia de la producción de aceite de cannabis terapéutico.
Se trata de una resolución del juez de Garantías Saúl Errandonea a pedido del fiscal Leandro Favaro, por la que se puso al alcance de la investigación científica una materia prima que es de complicado acceso y que requiere de una serie de resguardos jurídicos para evitar que el nuevo tenedor sea plausible de alguna sanción penal.
El material entregado a la Universidad había sido incautado el 31 de marzo pasado en una vivienda del barrio Florencio Sánchez, cuando se investigaba un homicidio sucedido cinco días antes.
Los uniformados encontraron plantas, hojas, tallos y cogollos de marihuana que la mujer tenía para producir aceite de cannabis para su hijo de 6 años, quien padece dolores por una enfermedad.
La cantidad a entregar es baja pero abre la posibilidad de futuras cesiones que permitirán avanzar en el conocimiento de la elaboración casera o reglamentada del aceite de cannabis.
Ahora, con esta provisión de material cannábico, la Universidad podrá tener acceso legal lo que sumado a la habilitación de Anmat para manipular estupefacientes controlados servirá de gran avance.
En la actualidad, la ley 27.350, sólo permite la importación de ese tipo de material y para el CONICET tiene un elevado costo y una excesiva pérdida de tiempo, debido a los trámites administrativos previos.
Los investigadores del CONICET pueden sembrar cannabis pero llevar a cabo ese proceso, en el mientras tanto, es lento y engorroso.
Vale recordar que el uso medicinal del aceite cannabis se impone día a día como una terapia saludable y con rasgos de eficacia para algunas patologías.
En el fallo el juez fundamentó lo siguiente: “Debo entonces concluir, luego de repasado el marco legal supra referenciado, que corresponde acoger favorablemente la petición del Sr. Fiscal, por considerarla más adecuada a la luz del art. 30 de la ley 23.737, complementado con las pautas que emergen de la ley 27.350, en pos de favorecer los programas de investigación médica y científica del uso medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor de la planta de cannabis y sus derivados”.
Fuente: Infocielo