La sala I de la Cámara de Casación Penal decidió, por unanimidad, reponer la prisión preventiva para el genocida Juan Miguel Wolk hasta la realización del juicio por la Causa 605, que juzgará los delitos de lesa humanidad cometidas en los centros clandestinos de detención Pozo de Banfield y Pozo de Quilmes; con 84 años esperará el debate en su casa.
En el marco de esta causa, Wolk estuvo un año prófugo y en abril de 2018 el TOF 1 de La Plata había ordenado su excarcelación por entender que se habían cumplido los plazos máximos de la prisión preventiva por la mora de la justicia.
La causa tiene ya 10 años y, actualmente, se terminó la instancia de ofrecimiento de prueba.
Juan Miguel Wolk, el represor con el alias de “El Nazi”, fue uno de los jefes del centro clandestino de detención Pozo de Banfield, que funcionó en el edificio de la Brigada de seguridad, investigaciones e inteligencia de la Policía Bonaerense.
El CCD también era conocido como La Maternidad porque, según consta en los testimonios de sobrevivientes, muchas detenidas parieron ahí sus bebés; algunos siguen aún sin conocer su verdadera identidad.
La causa por los delitos de lesa humanidad cometidos en el Pozo de Banfield se inició en 2009, recién en 2012 se ordenó la detención de Wolk que permaneció prófugo un año. En mayo de 2013 fue detenido en la casa de su hermano y en 2016 le dieron la prisión domiciliaria. Ese mismo año, el Tribunal Oral Federal (TOF) 1 de La Plata decidió unificar en la Causa 605 este expediente judicial con otro que investigaba los crímenes perpetrados en el CCD Pozo de Quilmes.
El Ministerio Público Fiscal ya había solicitado en 2014 y 2015 la elevación a juicio de las dos causas, pero recién en agosto del año pasado se designó al tribunal para la realización del debate oral: el TOF 4 de San Martín que, en ese momento, estaba integrado por jueces subrogantes.
La mora en la justicia le garantizó años de impunidad a Wolk; en 2017, pidió la excarcelación que el mismo TOF 1 de La Plata se la otorgó en abril de 2018 por entender que se había cumplido el plazo de la prisión preventiva y el “estado de incertidumbre” sobre la fecha de juicio.
Esa decisión de la justicia platense había sido recusada por dos querellantes de la causa, la Liga por los Derechos del Hombre y Abuelas de Plaza de Mayo. Los dos organismos de derechos humanos habían sostenido el riesgo procesal de entorpecimiento de la investigación, el peligro de fuga y la gravedad de los hechos imputados, que continúan en ejecución dadas las especiales características de la desaparición forzada y de la apropiación de menores.
Recientemente, la sala I de la Cámara de Casación Penal les dio la razón y ordenó, con el voto unánime de sus integrantes, reponer la prisión preventiva con domiciliaria del represor.
En su resolución, Diego Barroetaveña, Daniel Petrone y Ana María Figueroa consideraron que la extensión extraordinaria del tiempo de prisión preventiva estaba justificada, en este caso, por el carácter de delitos de lesa humanidad de los hechos imputados.
En ese sentido, retomaron la jurisprudencia interna en consonancia con la responsabilidad internacional del Estado en su deber de garantizar el juzgamiento de los delitos de lesa humanidad y evitar la sustracción del imputado a la acción de la justicia.
Junto a la jurisprudencia, los jueces de cámara Barroetaveña y Petrone también recordaron que uno de los argumentos centrales esgrimidos por la defensa de Wolk, el estado de incertidumbre sobre la fecha de inicio del juicio, ya no tiene validez dado que la designación del juez Esteban Rodríguez Eggers terminó por conformar el TOF 4 de San Martín, tribunal encargado de juzgar estos delitos.
La Causa 605 por los crímenes cometidos en los CCD Pozo de Banfield y Pozo de Quilmes tiene más de 20 imputados y 389 víctimas. Entre ellas -como se señaló- hay varios casos de mujeres embarazadas y niñas y niños nacidos en cautiverio.
Además de Wolk, mano derecha del ex comisario Miguel Osvaldo Etchecolatz, están acusados el ex ministro de Gobierno bonaerense Jaime Smart, el entonces secretario de Gobierno Juan María Torino (luego, en democracia, juez federal) y el ex médico policial Jorge Antonio Bergés.
Recientemente se terminó la etapa de ofrecimiento de prueba y debe fijarse fecha para el inicio del debate oral y público. La mora en la justicia le ha garantizado a represores años de impunidad. El caso de Wolk es emblemático: fue condenado y favorecido por las leyes de obediencia debida y punto final; derogadas las leyes de impunidad, fraguó su muerte para seguir esquivando la justicia. Ahora, con 84 años, esperará el juicio con prisión preventiva en su domicilio de Mar del Plata.
En la etapa de instrucción de estos dos expedientes, la Comisión Provincial por la Memoria (CPM) había presentado, por requerimiento de la Justicia, prueba documental del archivo de la Dirección de Inteligencia de la Policía de la Provincia de Buenos Aires (DIPPBA): fichas personales de víctimas, denuncias de privaciones de la libertad, solicitudes de paradero y legajos donde constan las detenciones de víctimas a disposición del Poder Ejecutivo Nacional forman parte del voluminoso informe presentado.
La CPM forma parte, junto al Colectivo Quilmes, memoria, verdad y justicia, la Secretaría de Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires y el Municipio, del Consejo que lo gestiona.