La Sala V de Casación resolvió admitir una queja de la Dirección Provincial de Asuntos Contenciosos del Ministerio de Justicia y le pidió a la Sala I de la Cámara de Apelaciones de Bahía Blanca para que se inicie un espacio de negociación y se dicten medidas de soluciones consensuadas.
El conflicto se había generado el año pasado cuando desde el Juzgado de Garantías N° 3 dispusieron límites de cupo en la Unidad Carcelaria 19 de Saavedra
Casación Penal dejó sin efecto una resolución de la Cámara de Apelaciones de Bahía Blanca que limitaba a 726 el cupo de internos en la cárcel de Saavedra, y establecía cambios en el reglamento de tratamiento penitenciario con horarios de recreación más extensos para determinados reclusos.
Los jueces Fernando Mancini y Mario Kohan declararon “admisible y procedente” la queja de la Dirección Provincial de Asuntos Contenciosos de la Subsecretaría de Política Penitenciaria del ministerio de Justicia bonaerense, que objetó el dictamen del juzgado de Garantías Nº 3 bahiense presentado el 10 de julio de 2018.
Ese fallo fue apelado ante la Sala I de la Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal de esta ciudad, instancia que votó de igual manera que dicho juzgado.
Desde la cartera de Justicia se entendió como “arbitraria y excesiva” la resolución de la jueza de Garantías Nº 3, Susana Calcinelli, al considerar que se trataba de una “intromisión del Poder Judicial al Ejecutivo”.
“La solución al sumamente complejo y urgente problema que aqueja a las personas detenidas en todo el sistema penitenciario de la provincia de Buenos Aires, solo puede surgir de un esfuerzo mancomunado entre los distintos actores públicos con competencia en la materia, en el que cada uno, en el marco de sus atribuciones y sin exceder las mismas, tenga como finalidad la concreción de la manda constitucional”, fundamentaron en su fallo los magistrados de la Sala V del Tribunal de Casación.
En el dictamen firmado este miércoles los doctores Mancini y Kohan destacaron además la necesidad de articular “ámbitos de diálogo y negociación” entre los poderes Ejecutivo y Judicial para solucionar la problemática de la superpoblación carcelaria.
“La obligación de los jueces de dar respuesta a la pretensión esgrimida abeas corpus y lograr que cesen aquellas políticas que afectan los derechos de los detenidos, no implica necesariamente que sean competentes para el diseño o modificación de los programas de política penitenciaria en curso que, por otro lado, deberán juzgar eventualmente a partir de sus resultados”, argumentaron los jueces en el dictamen que sentará precedente en el resto de reclamos similares en la provincia.
Los magistrados resolvieron casar el “decisorio impugnado, debiendo dictarse uno nuevo previa articulación de ámbitos de diálogo y negociación” entre los actores involucrados, “tendientes a dar solución definitiva al fondo de la cuestión”.
Cabe destacar que situaciones similares a la cárcel de Saavedra se atraviesan en penales de La Plata, Campana y San Nicolás, donde magistrados han fijado límites de cupos, afectando así la distribución de la población carcelaria en la Provincia.
Fuente: Infocielo