A instancias del Tribunal Oral Federal 2 de La Plata, se dictó sentencia en el primer juicio en el que se ventilaron crímenes de lesa humanidad perpetrados por integrantes del Batallón de Comunicaciones 601 de City Bell.
Los hechos ocurrieron durante la mañana del 6 de septiembre de 1977, con un violento operativo de la tercera sección de la Compañía B del Batallón desplegado en el barrio Villa España de Berazategui, en el que resultaron asesinados María Nicasia Rodríguez y su compañero de militancia Arturo Alejandro Jaimez.
“Estamos satisfechos con las condenas de prisión, además de la condena social, pero vamos a apelar la absolución de los imputados respecto al delito de sustracción de menores”, dijo Marcela Patricia Quiroga al concluir la breve lectura de la sentencia en el juicio contra integrantes del Batallón de Comunicaciones 601 de City Bell.
Marcela es hija de María Nicasia Rodríguez, una de las víctimas abordadas en la causa. Tanto Marcela como sus hermanos menores, Sergio y Marina, también fueron víctimas de un relativamente breve secuestro y ocultamiento luego del operativo que terminó con la vida de su madre durante la mañana del 6 de septiembre de 1977.
Sin embargo, el TOF 2 de La Plata consideró que no se produjeron en el debate las pruebas suficientes que acreditaran la responsabilidad de los imputados en torno al delito de sustracción y ocultamiento de Sergio y Marina que, en 1977, tenían 10 y 1 año y medio respectivamente. Esta decisión, tal como anunció la querella, será apelada cuando se conozcan los fundamentos del fallo.
Lo que sí resultó probado a juicio de los magistrados Alejandro Esmoris, Nelson Jarazo y Germán Castelli son los delitos de homicidio agravado en perjuicio de María Nicasia y Arturo Alejandrino Jaimez, y la privación ilegal de la libertad agravado por el uso de violencia, amenazas, tormentos y duración de más de un mes que padeció Marcela que tenía 12 años cuando ocurrió el operativo.
Los condenados a prisión perpetua por estos delitos fueron: Carlos Alberto Bazán que por entonces el segundo jefe del Batallón de City Bell, Francisco Ángel Fleba que cumplía funciones como oficial de Inteligencia en esa misma unidad, Eduardo Arturo Laciar, oficial de Operaciones, y Daniel Eduardo Lucero, jefe de la Compañía B.
El quinto imputado que llegó a la instancia de sentencia, Eduardo Enrique Barreiro (quien estaba a cargo de la tercera sección de la Compañía B) fue absuelto, y se dispuso su inmediata libertad en caso de que no tuviera otra orden de prisión por otra causa y tribunal.
Inicialmente la causa tenía dos imputados más: el ex jefe del Batallón 601, Néstor Horacio Falcón -condenado en 2016 por su contribución en crímenes del Plan Cóndor-, sobreseído en esta causa por problemas de salud irreversibles, y el oficial de Logística, Silvestre Santiago Badías, ya fallecido.
Los cuatro condenados, además, recibieron la inhabilitación absoluta y perpetua para ejercer cargos públicos y asumirán el pago del 25 por ciento del pago de costas del proceso.
Al finalizar la lectura, se anunció que los fundamentos del fallo recién se comunicarán el próximo 6 de febrero de 2020.
Cabe recordar que los hechos ventilados en este juicio ocurrieron en la mañana del 6 de septiembre de 1977 en el barrio Villa España de Berazategui cuando la tercera sección de la Compañía B del Batallón de Comunicaciones 601 de City Bell encabezó, junto a personal de otras fuerzas, un operativo casa por casa con el objeto de desarticular la columna sur de la organización Montoneros.
María Nicasia Rodríguez –madre de una niña de 12, un niño de 10 y una beba de 1 año y medio- compartía vivienda con un compañero de militancia, Arturo Alejandrino Jaimez, alias “Silver”.
Allí había llegado por intermedio de la organización política en la que militaba luego de haber quedado en la calle producto del secuestro y desaparición de Juan Guillermo Fernández Amarillo el año anterior, en el marco de la persecución de la dictadura sobre trabajadores de Molinos Río de la Plata.
Durante un rato el operativo fue resistido en medio de una intensa balacera. Según testigos, la zona había sido patrullada por un helicóptero, lo que anunciaba la inminente acción militar.
Arturo Alejandrino Jaimez continúa desaparecido, pero el cuerpo de María Nicasia Rodríguez fue recuperado en 2007 por el Equipo Argentino de Antropología Forense (EAA) en una tumba NN del cementerio de La Plata.
Por otra parte, en cuanto al origen del expediente, a diferencia de la mayoría de las causas de lesa humanidad en este caso se debió a la toma de conocimiento por parte, primero de una fiscalía y luego del equipo de investigación de la Secretaría de DDHH de Nación, de un legajo militar que da cuenta de la muerte de un efectivo del Batallón 601 al momento del operativo en 1977 así como de lesiones recibidas por otro. Esa fue la base documental para el inicio de la investigación en 2014, que luego se amplió con la declaración testimonial de un ex conscripto que participó del operativo y con un informe sobre el Batallón 601 elaborado con documentación del archivo DIPPBA aportado a la causa por la CPM, que gestiona y preserva el acervo documental de la ex agencia policial de inteligencia.
Fuente: Andar Agencia