Los delitos previstos para la violación del “aislamiento social preventivo y obligatorio” anunciado por el presidente Alberto Fernández ante la pandemia de coronavirus son de competencia federal. Prevén penas de prisión particularmente duras para quienes propaguen una enfermedad “peligrosa y contagiosa para las personas”. A días de haber activado la línea 134, el Gobierno recibió 7582 llamados, de los cuales 462 fueron considerados casos verosímiles y se dio curso a las fuerzas de seguridad y a la Justicia.
A través del Ministerio de Seguridad, el Poder Ejecutivo habilitó el número telefónico gratuito para que, desde cualquier punto del país, la ciudadanía tenga un canal directo para denunciar a quienes hayan viajado a zonas de circulación de coronavirus y no estén cumpliendo con los catorce días de confinamiento obligatorio.
También sostuvo que las medidas dispuestas en los últimos días, antes de la cuarentena total, chocaron con “gente que no entiende que no se puede circular por las calles en esas condiciones porque el riesgo para todos es muy grande” en relación a quienes volvieron de países de riesgo, sus contactos cercanos y a quienes presentaron síntomas y violaron el aislamiento.
En el ámbito de la ciudad de Buenos Aires, la fiscalía federal de Alejandra Mángano imputó a los acusados por el artículo 205 que reprime con prisión de seis meses a dos años a quien “violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia”.
El tercer artículo que se contempla, el 239, pena con prisión de 15 días a uno año a quienes resistan o desobedezcan “a un funcionario público en ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legal”.
Ambos prevén citar a declaración indagatoria y evaluar luego si corresponde o no detener a los imputados cuando terminen los 14 días de aislamiento, que muchos cumplen con consigna policial.