Una demanda contra un organismo estatal, una obra social y un centro médico privado por supuesto trato discriminatorio, “maltrato psicológico” y contra el derecho a la identidad de género quedó ayer radicada ante la justicia nacional en lo civil, confirmaron fuentes judiciales. La decisión la tomó la Cámara Federal en lo Contencioso Administrativo luego de que la Corte Suprema de la Nación le remitiera la acción de amparo promovida por P.G.A.A. para que definiera un conflicto de competencia entre juzgados de distintos fueros que habían rechazado tramitar el expediente.
Esta persona demandó al Registro Nacional de las Personas (Renpaer), a OSDE y al Centro Médico Rossi por “trato discriminatorio y maltrato psicológico” provocado por supuestas violaciones a la leyes 26.529 (Derechos del Paciente en su Relación con los Profesionales e Instituciones de la Salud) y 26.743 (Derecho a la Identidad de Género).
A. relató que había realizado los trámites de cambio de nombre contemplados en la ley 26.743 y de una operación para adecuar su cuerpo al género con el que se autopercibe y que, con ese fin, ingresó en una clínica prestadora de OSDE que le impuso un “periplo denigrante”, ya que en forma reiterada el personal se negó a llamarla por su nombre y a brindarle un trato acorde al género femenino adoptado.
Agregó que el Centro Médico Rossi, donde se atendía por diversas especialidades, le comunicó que no le brindarían más el servicio de salud, violando el respeto a su dignidad, en tanto que en el Renaper se negaron a incluir un dato fiscal en su documento de identidad porque aparecía su identidad masculina. Al dictaminar sobre qué fuero debía hacerse cargo del tramite judicial, el fiscal interviniente opinó que en el caso se trata de la consideración de preceptos y principios del derecho civil, en el cual se insertan las normas de la ley 26.743 que resultarían aplicables a los hechos que fueron planteados.
En coincidencia con el dictamen fiscal, la sala IV de la Cámara, integrada por Marcelo Duffy, Jorge Morán y Rogelio Vincenti, decidió remitir el “amparo de salud” al Juzgado Nacional en lo Civil 99, para que “reasuma la competencia que declinó” y continúe el trámite procesal.