El Colegio Público de Abogados de la Capital Federal venía reclamando sostenidamente la necesidad que sus matriculados pudieran asistir a sus estudios jurídicos. En ese sentido habían solicitado la ampliación de la cautelar de concurrir un solo día a los estudios en el momento en que se levantó la feria judicial. En primera instancia ese pedido fue denegado por lo que decidieron apelar la decisión judicial.
Tras la apelación, la Sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, con la firma de los jueces Sergio Fernández y Carlos Grecco, resolvió que el Gobierno Nacional y el de la Ciudad cuentan con 10 días para ampliar el protocolo en orden al levantamiento de la feria judicial.
La resolución indica que en el estado actual de las cosas, “no es posible negar que la circulación de los letrados con el alcance que ha sido autorizada con anterioridad a que concluyera la feria judicial extraordinaria (una vez por semana) se presenta -a la fecha- como manifiestamente insuficiente para que aquéllos puedan cumplir con sus obligaciones procesales y con el deber de responsabilidad profesional, sin incurrir tampoco en una infracción, en los hechos, al impedimento o prohibición de transitar durante los días no correspondientes a su terminación de DNI”.
El Tribunal consideró que asiste razón a la parte actora (CPACF) para agraviarse y que corresponde admitir parcialmente lo solicitado, ordenando a los demandados que evalúen -en el plazo de diez días hábiles, a contar desde la notificación de la presente- la necesidad de emitir un protocolo más amplio que el vigente, dado lo requerido en la causa, frente a las nuevas circunstancias impuestas ante el levantamiento de la feria judicial extraordinaria.