La justicia comercial aceptó tratar un reclamo colectivo contra el cobro de cuotas por parte de una conocida cadena de gimnasios durante el aislamiento obligatorio por el Covid-19, a pesar de que estuvieron cerrados.
Se trata de un proceso que inició en el juzgado comercial 8 la Asociación por la Defensa de Usuarios y Consumidores contra Megatlon S.R.L.
La Sala B de la Cámara Comercial asumió la competencia de la clase inscripta en el Registro Público de Procesos Colectivos bajo la materia: “Prácticas comerciales irregulares – Cobro de cuotas durante el aislamiento social obligatorio – No aplica”, cuyo objeto consiste en : “… el cobro indebido de las “cuotas mensuales”.
Ese cobro se efectuó con dos modalidades “1) mediante débito mensual en tarjeta o cuenta bancaria de cada usuario, con contratación mínima por 1 año renovable automáticamente y, 2) mediante Tarjeta de crédito en planes de cuotas que se cobran en forma mensual, también con contratación mínima por 1 año renovable automáticamente, por el servicio de utilización del gimnasio, a los usuarios durante el período de aislamiento social obligatorio, a pesar que el servicio no puede ser brindado”.
La declaración de la asunción de la competencia fue comunicada a las demás salas de la Cámara y se realizó en cumplimiento de las estipulaciones de las Acordadas de la Corte Suprema n° 32/2014 y n° 12/2016, que fijan las reglas para los procesos colectivos.
Fuente: Justicia de Primera