A fines del año pasado los habitantes del barrio “15 de Diciembre” de la ciudad de Quilmes interpusieron una acción de amparo colectivo con el objeto de que la empresa Aguas y Saneamientos Argentinos (AySA), lleve adelante las obras estructurales de extensión de la red de agua corriente y desagües cloacales en la totalidad de los domicilios de los vecinos.
En primera instancia, el Juzgado Federal de Quilmes hizo parcialmente lugar a la medida cautelar que se solicitaba y ordenó que la demandada AySA S.A., en el plazo de 72 horas, otorgue el suministro de agua potable a la totalidad de los habitantes del barrio popular. A su vez, la empresa interpuso recurso de apelación, que fue concedido por la Cámara Federal de La Plata, donde señaló la incapacidad de suministrar agua potable por fuera de la red de distribución y realizar las acciones que pretendía la demandante.
Al respecto del tratamiento de la cuestión, la Cámara, conformada por los jueces de feria César Alvarez y Roberto Agustín Lemos, indicó que para que prospere la medida cautelar debían reunirse los requisitos fundamentales de: a) se acredite sumariamente que la ejecución u omisión de la conducta material que motiva la medida ocasionará perjuicios graves de imposible reparación ulterior, y b) la verosimilitud del derecho invocado.
En ese sentido, los jueces indicaron que “el peligro en la demora se encuentra configurado, dada la potencialidad dañosa que podría representar para la preservación en la salud de las personas que habitan el barrio “15 de Diciembre”, la falta de agua potable como así también la utilización de “pozos ciegos” precarios no evacuados”. En relación a la verosimilitud, los magistrados señalaron que “respecto a la existencia de un riesgo de daños de extrema gravedad o irreparable; lo cual determina atenuar el examen de la verosimilitud.” En ese entendimiento no soslayan el grave contexto fáctico que se presenta en la causa por una situación que comprometería los más elementales derechos humanos –a la vida, a la salud y a la dignidad-.
Por ello, la Cámara Federal de La Plata confirmó la decisión de primera instancia que había instado a que la empresa distribuidora de agua realice las medidas de distribución y saneamiento pretendidas por los vecinos del barrio de Quilmes.