Un fallo de la Justicia de Bariloche reconoció como enfermedad profesional las alteraciones sufridas en las cuerdas vocales de una maestra de grado con más de 20 años de antigüedad.
Ahora, la ART, quien había negado que la dolencia encuadrara en una incapacidad laboral por la tarea frente a las aulas, deberá indemnizarla. La sentencia detalla que la actividad de la trabajadora como maestra de grado, implica un constante uso de la voz que requiere un esfuerzo físico diario. En este sentido, el fallo sostiene que una maestra “pone en riesgo parte de su cuerpo, en este caso sus cuerdas vocales”.
En su presentación a la justicia, la docente relató distintas etapas de su carrera como maestra y preceptora escolar. Mencionó que comenzó su carrera en la escuela de Comallo y transitó desde el año 1.994 diferentes escuelas y cargos. Desde jardín maternal, maestra de sección y preceptora. En los últimos años en doble turno.
En el año 2013 comenzaron las dolencias, y fue diagnosticada como disfonía funcional por hiatus longitudinal, por lo que requirió que sea reconocida como enfermedad profesional.
Tras su tramitación ante la ART, recibió sesiones de foniatría y luego fue reubicada laboralmente. Tiempo después, retomó sus tareas como maestra de sala de 3; 4 y 5 años. Fue en ese momento cuando su dolencia se agravó, llegando al extremo de perder la voz. Se la diagnosticó con disfonía funcional y reposo.
A partir de ese momento no regresó a sus funciones, y reclamó ante la ART, que dictaminó que no se trataba de un riesgo del trabajo. Además, se expidió la junta médica de la delegación andina del Ministerio de Educación de la provincia, que le otorgó una licencia “por largo tratamiento”. Actualmente, la docente presenta dolor de garganta, carraspera y continúa con episodios de ausencia de voz.
La sentencia de la Cámara Laboral
Luego de merituar todos los elementos probatorios, la Cámara Laboral Segunda de Bariloche confirmó que cumplía funciones en la Localidad de Comallo como maestra de sección en el ciclo primario contando con una antigüedad de más de 20 años. Asimismo, destacó la existencia de constancias de la realización de tramites ante la ART, como consecuencia de varios episodios de cuadros respiratorios de vía aérea alta.
La comisión médica reconoció el carácter de “enfermedad profesional” y como causal de la misma la sobrecarga el uso de la voz. En el informe, se mencionó que la tarea habitual de la trabajadora tiene una carga de 20 horas semanales y 4 horas cátedra, con una cantidad de 60 alumnos en tres cursos y determinó que se trata de una enfermedad profesional.
Por último, el perito medico designado por el tribunal señaló que la enfermedad profesional que padece la docente cumple con los requisitos expuestos como “criterios de exposición al riesgo según las actividades”.
Por ello, la Cámara Laboral Segunda de Bariloche ordenó a la ART a indemnizar a la maestra, reconociendo la enfermedad profesional.
Fuente: Poder Judicial de Río Negro-Comunicación Judicial.