El juez a cargo del Juzgado en lo Civil y Comercial N°13 de La Plata, Daniel José Dipp, ordenó a la provincia de Buenos Aires que en el plazo de tres días, aplique la vacuna contra el Coronavirus a una docente de 57 años que es paciente oncológica.
En su escrito, la docente mencionó que si bien se encuentra haciendo uso de su licencia laboral, tiene diagnosticado EPOC y una enfermedad oncológica activa. En ese sentido, aclaró que se inscribió en la aplicación “Vacunate PBA” ni bien se habilitó, dentro de la categoría de personas entre 18 y 59 años con enfermedades preexistentes, pero que aún no se le había asignado turno.
Por las patologías mencionadas, la docente en cuestión mencionó en su escrito que “la debilidad inmunológica” justificaban la urgencia para la adopción de una medida cautelar y que su falta de aplicación podría aparejar la responsabilidad penal de los funcionarios competentes. A la hora de resolver, el magistrado consideró que “para asegurar el derecho a la salud y a la vida consagrados constitucionalmente”, correspondía hacer lugar a la medida cautelar, “en tanto que de lo contrario ocasionaría un perjuicio irreparable a la parte”.
No obstante ello, el juez dispuso el traslado de la demanda a la Fiscalía de Estado provincial para que conteste en el plazo de 5 días.