La juez en lo penal porteña María Julia Correa le concedió la prisión domiciliaria a una joven quilmeña procesada con prisión preventiva por comercialización de estupefacientes para que pueda cuidar a sus tres hijos menores de edad, confirmaron fuentes vinculadas a la causa. Se trata del caso de R.F.S., detenida en la cárcel de mujeres de Ezeiza pero que pasará a hacerlo en una vivienda de Bernaldonde vive su madre, V.S., sexagenaria, desocupada y con problemas de salud, quien allí se ocupa de los niños, de 10, 8 y dos años.
La Unidad Fiscal Especializada en Investigación de Delitos vinculados con Estupefacientes se había opuesto al beneficio debido a la evaluación que se hizo en agosto del 2020, cuando a R.F.S. se le dictó la prisión preventiva basada en su declaración de rebeldía en otros procesos y una condena en suspenso.
Correa ponderó el “interés superior del niño” y convenciones internacionales que imponen que en los casos donde los progenitores o tutores de menores hayan cometido un delito, se deben ofrecer y aplicar alternativas a la privación de libertad, teniendo en cuenta los posibles efectos de las condenas.
La magistrada destacó recientes informes con “pronósticos muy favorables” sobre la mujer privada de su libertad, y la posibilidad del fortalecimiento del vínculo con sus hijos, que están “sin presencia paterna”. También la “situación de extrema vulnerabilidad en la que se encuentra el grupo familiar y las limitaciones tanto económicas como sociales que tiene la cuidadora de los niños, quien tuvo que hacerse cargo de sus nietos en el contexto de pandemia de Covid-19, y que podría volver a trabajar como empleada de limpieza y dejar de vender ropa usada que le ofrecen los vecinos.
“El arresto domiciliario -expuso la jueza- no solo ayudaría mejorar el vínculo materno filial, sino que favorecería también a la situación socioeconómica familiar ya que si no continúa detenida se haría cargo de los cuidados de sus hijos” y la abuela de los pequeños “podría volver a trabajar”.
El beneficio fue concedido bajo condición de que la mujer se mantenga en el domicilio indicado “salvo expresa autorización” del juzgado “o causa de fuerza mayor que deberá ser informada sin demoras”, “abstenerse de mantener contacto con las demás personas imputadas” en la causa y “testigos del procedimiento”. La mujer también deberá “someterse al tratamiento que la Secretaría de Programación para la Prevención de la Drogadicción y Lucha contra el Narcotráfico (Sedronar) proponga para abordar su problemática de adicciones” y presentarse ante la Comisaría 7 de Bernal Oeste cada vez que sea requerida.