El Tribunal de Enjuiciamiento del Ministerio Público Fiscal de la Nación dispuso remover del cargo al ahora ex fiscal Julio César Castro, por haber incurrido en causales de mal desempeño y no haber obrado con buena conducta, luego de que se comprobaran distintos casos de acoso laboral, sexual y maltratos contra empleadas/os y funcionarias/os.
Según se detalla en la decisión tomada, al ex titular de la Fiscalía General N°13 ante los Tribunales Orales Criminales y Correccionales se lo encontró responsable por un “reiterado patrón de violencia de género y violencia”, tanto en el ámbito laboral como en su vida privada.
Además de las denuncias en el ámbito laboral, se tuvo en cuenta la difusión de un intento de seducción de Castro a una menor de edad a través de la red social Twitter y la condena a 6 años y 6 meses de prisión por abuso sexual y lesiones contra una ex pareja, dictada en el año 2019.
Vale recordar que en el año 2016, Julio César Castro llegó a tener audiencia en el Senado de la Nación para debatir su pliego para juez de un Tribunal Oral Federal, pero tanto el oficialismo como la oposición en aquel momento votaron por rechazar su designación.
En su decisión, el Tribunal de Enjuiciamiento tuvo por acreditado “numerosos hechos de suma gravedad” cometidos por Castro, que se repitieron a lo largo del tiempo y que mostraron un ensañamiento hacia las mujeres. Según surge de la resolución, la primera de las denuncias data del año 1995 y reúne a un total de once personas que denunciaron la violencia ejercida contra ellas por Castro.
En ese sentido, recalcó que esta violencia ejercida “se ha manifestado en los diferentes casos de varias formas e incluso aunadamente, porque como ya se dijo, una particularidad del acoso laboral consiste en que en algunas oportunidades como sucede con los hechos analizados concentra las cinco formas de violencia de género; la física, la psicológica, la sexual, la económica y la simbólica”.
Seguidamente, hicieron referencia a los alcances de la Convención de Belém do Pará que busca prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer, para concluir que “no hay dudas respecto de que los acosos sexuales laborales, los comportamientos inadecuados llevados a cabo a través de la plataforma Twitter y los hechos en perjuicio de su expareja, todos a cargo del doctor Castro, son manifestaciones de violencia contra la mujer”.
Finalmente, el Tribunal sentenció: “Los hechos comprobados en este juicio demuestran que el magistrado no satisface los requisitos que la Constitución Nacional y las leyes dictadas en consecuencia imponen a todo fiscal para permanecer en el cargo y, por ello, corresponde su remoción”. Ahora, queda en manos de la Procuración General de la Nación establecer las medidas adicionales de reparación a las víctimas y de prevención contra la violencia de género solicitadas por la acusación.