A través del Decreto 336/2021, el Poder Ejecutivo reglamentó la modificación de la Ley de Impuesto a las Ganancias, sancionada en el Congreso el pasado 8 de abril. Según ella, los trabajadores que cobren salarios de hasta 150 mil pesos dejarán de pagar el impuesto, mientras que quienes se encuentren entre el rango del mencionado monto y los 173 mil pesos, recibirán un alivio fiscal.
Según estimaciones, la implementación de la ley beneficiará a más de 1.270.000 trabajadores y jubilados. Debe aclararse que la medida tendrá retroactividad al mes de enero y que los contribuyentes recibirán el reintegro hasta en cinco cuotas. Al respecto, será la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) el organismo encargado de “establecer la forma y modalidades de acreditación de los conceptos mencionados en el párrafo precedente”.
Asimismo, la ley indica que la actualización del piso para la exención del pago del Impuesto a las Ganancias será ajustado a través del promedio de variación salarial elaborado por la Secretaría de Seguridad Social (RIPTE). El decreto 336/2021 fue publicado hoy en el Boletín Oficial y lleva las firmas del presidente Alberto Fernández, el jefe de gabinete Santiago Cafiero y el ministro de Economía Martín Guzmán.
Algunos de sus principales puntos son:
-El aguinaldo queda excluido del cálculo de la base imponible
-Se elimina el tope de deducción por hijos con discapacidad
-Se introduce la figura de concubino dentro de las cargas de familia
-Sólo pagarán el impuesto los jubilados y jubiladas que cobren más de 8 haberes mínimos.
Por otro lado, se instrumentó la reforma al Régimen de Monotributo, que dispone la actualización de los topes en cada categoría y crea un puente para facilitar el ingreso del contribuyente al denominado Régimen General, tal como adelantó Palabras del Derecho. La modificación contempla que los monotributistas cuya facturación haya superado el límite más alto del régimen hasta un 25 por ciento, pueden mantener la condición actual del período fiscal 2021.