La Sala III de la Cámara ratificó la negativa de primera instancia al pedido de una persona que demandó al Banco de la Nación Argentina para obtener el reajuste y readecuación de un préstamo hipotecario contraído en 2017 por $800 mil.
En el momento en que se pactó el importe, que tenía un equivalente a 38.684 UVAs, se estableció que la actualización sería de acuerdo a la ley 25.827, lo que el demandante determinó como una obligación onerosa que excedía sus ingresos.
En este sentido, el tomador del crédito explicó que en 2019 tuvo que abonar una cuota de $13 mil mientras que al año siguiente, la misma aumentó a $21.199, por lo que reclamó el congelamiento del capital adeudado y de la cuota.
Al contestar la demanda, el BNA sostuvo que conceder la medida cautelar importaría modificar las cláusulas “expresa y voluntariamente asumidas” por la persona sin que existan pruebas que demuestren lo “desmedido” de los montos mensuales abonados.
De esta manera, la Justicia determinó que el deudor pactó con el banco que “el importe se actualizaría al momento de su cumplimiento, conforme un valor referencial que depende de un acontecimiento incierto”, como lo es el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER).
Asimismo, el tribunal sostuvo que en la prueba presentada “no hay ninguna constancia que refiera que los avatares inflacionarios hubieran afectado la economía del accionante con relación al préstamo adquirido generando la imposibilidad de hacer frente a su pago”.
A la vez, los jueces establecieron que la incidencia de las cuotas en los haberes mensuales del deudor ronda entre el 14% y el 30,68%, un porcentaje inferior al previsto en la Comunicación “A” 6884 del Banco Central de la República Argentina.
Los camaristas Eduardo Gottardi, Ricardo Recondo y Alfredo Gusman destacaron que al momento de contratar el préstamo la cuota representaba casi un 40% de sus haberes, mientras que en agosto de 2020, luego de iniciar este proceso, le absorbía un 21%.
Es preciso mencionar, que en los últimos meses hubo varios fallos de la Justicia respecto a las distintas presentaciones que realizaron los tomadores del crédito lanzado durante la gestión de Mauricio Macri.
En diciembre del año pasado, la Cámara Civil y Comercial de La Plata ordenó al Banco Provincia que reliquide las cuotas correspondientes a un préstamo hipotecario “UVA”, que no debían superar el 30% de los ingresos familiares.
Hace un mes atrás, una jueza porteña intimó al Banco Ciudad de Buenos Aires a disponer una cuota del 25% del sueldo neto de una mujer al advertir que hubo una inflación que “de seguir pagando, la persona viviría bajo la línea de pobreza”.
Vale recordar, que en mayo el Banco Central estableció una instancia de monitoreo que permitirá identificar y atender casos de deudores UVA, luego que el Gobierno estableciera a principios de 2021 que las cuotas no podrían superar el 35% de los ingresos de los tomadores.