Las personas cuyos documentos de identidad terminen en los números 856 y 187 fueron las sorteadas para la confección anual de los listados de ciudadanos y ciudadanas bonaerenses que potencialmente sean convocados para desempeñarse como jurados populares, informó el Instituto Provincial de Lotería y Casinos de La Plata.
Además, se llevó a cabo un sorteo de un número complementario (573) para ampliar el listado de ciudadanos y ciudadanas en caso de ser necesario, detalló un comunicado del mencionado instituto.
Este sorteo anual implica el primer paso en el camino hacia la conformación del jurado que se integrará ante cada juicio concreto, garantizando una adecuada representación de la pluralidad de la comunidad.
El listado principal de jurados para el año 2022 se conformará, en primer término, con los ciudadanos y ciudadanas comprendidos entre las clases 1947 y 2000, inclusive, cuyos tres últimos números del DNI se correspondan con el primero de los números sorteados.
Para garantizar, como mínimo, un total de un jurado cada mil electores, el listado se completará con el segundo de los números sorteados, según el orden en que figuran en el padrón electoral, hasta completar el piso legal, mientras que el tercer número se utilizará en el caso de que fuera necesario ampliar el padrón de jurados.
La ley que establece el sistema del juicio por jurados determina que actuará en delitos cuya pena máxima en abstracto exceda de 15 años de prisión o reclusión o, tratándose de un concurso de delitos, que alguno de ellos supere dicha pena. Según la norma, el jurado está compuesto por 12 ciudadanos titulares y 6 suplentes que son elegidos por sorteo del padrón electoral y reciben instrucciones de un juez, quien les indica el encuadre jurídico de la cuestión a resolver. Además, determina que luego del debate decide el jurado en torno a la inocencia o no del ciudadano sometido a proceso.
Fija también que el veredicto de culpabilidad requiere un mínimo de 10 votos afirmativos sobre las cuestiones planteadas, y si el delito por el que fuera calificado legalmente el hecho en que se sustenta la acusación, tuviera prevista pena de prisión o reclusión perpetua, se requiere unanimidad de votos afirmativos.