El Defensor del Pueblo Adjunto y responsable del Observatorio, Walter Martello, destacó la importancia de que el Corredor se haya podido plasmar de forma presencial, luego de 18 meses de pandemia. “Con esta iniciativa contribuimos a visibilizar la necesidad de que haya espacios públicos que garanticen que cada niño o niña pueda realizar actividades recreativas, culturales y deportivas. Es un derecho consagrado en pactos internacionales y en nuestra constitución”, explicó Martello.
El Corredor de Infancias, que se desarrolla desde el año 2018 en la capital bonaerense, busca promover la participación y convivencia para la reivindicación de los espacios públicos como lugares legítimos para el encuentro y el intercambio.
En ese sentido, Martello remarcó que la efectivización del derecho al juego resulta fundamental para el desarrollo saludable de niñas y niños, como así también para el aprendizaje y la construcción de prácticas de ciudadanía. “Ayuda a transitar mejor las situaciones de crisis, moderando los niveles de conflicto y colaborando para una mejor convivencia”, agregó el Defensor del Pueblo Adjunto.
Además del Observatorio de Derechos de NNyA de la Defensoría del Pueblo, forman parte del Corredor de Infancias: Colegio de Abogados de La Plata, Sociedad Odontológica; Universidad Católica de La Plata (UCALP); Fundación del Hospital de Niños de La Plata; Museo de Ciencias Naturales de La Plata, Ministerio de Seguridad; y otras entidades y organizaciones ciudadanas.
Día Nacional de Derechos de NNyA
Hace 31 años, en la Argentina, se sancionó la ley 23849 que incorporó de manera formal a nuestro derecho nacional la Convención de Derechos del Niño (CDN), estableciendo principios fundamentales del sistema de protección integral. Para conmemorar la aprobación de esta ley, ocurrida en 1990, se estableció el 27 de septiembre como el Día Nacional de los Derechos de las y los NNyA
La incorporación de la Convención a nuestro sistema enfatizó el reconocimiento de los niños y niñas como sujetos plenos de derechos y garantías, mediante la consolidación de sus cuatro principios generales: el derecho a ser oído, a la no discriminación, a la vida y el desarrollo, y la consideración primordial del interés superior del niño. Nuestro país le otorgó rango constitucional a la CDN con la reforma de 1994. Desde entonces, el Estado está obligado a garantizar todos los derechos establecidos en la Convención.
En su artículo 31, la Convención reconoce el derecho de las y los NNyA al descanso y el esparcimiento, al juego y a las actividades recreativas propias de su edad y a participar libremente en la vida cultural y en las artes.