El titular del Juzgado Federal N°4 de Mar del Plata, Alfredo Eugenio López, hizo lugar a una medida cautelar iniciada por una mujer para que el Gobierno Nacional y de la Provincia de Buenos Aires se abstengan de requerirle el pase sanitario para circular. La cautelar, otorgada en el marco de un amparo, fue solicitada por una mujer que expresó su voluntad de no vacunarse contra el virus del COVID-19.
Para ello, cuestionó el denominado “PASE SANITARIO LIBRE COVID 19”; que se impuso por Decisión Administrativa Nro. 1198/2021 y por Resolución Ministerial Nro. 460/2021 de la Provincia de Buenos Aires como requisito para asistir a aquellas actividades realizadas en el territorio provincial que representan mayor riesgo epidemiológico.
Ese pase consiste en la acreditación, por parte de todas las personas mayores de TRECE (13) años, de al menos dos dosis de la vacuna contra la COVID-19, aplicadas por lo menos CATORCE (14) días antes, ya sea mediante la App VacunatePBA, la App Mi Argentina o el carnet de vacunación en formato cartón o tarjeta.
Fuente: Palabras del Derecho