El Gobierno de la provincia de Buenos Aires promulgó este viernes 14 de enero la ley que suspende por dos años la exigencia del examen oral para los procesos de evaluación generados en concursos convocados por el Consejo de la Magistratura. La legislación fue sancionada el 28 de diciembre en la Legislatura.
Por medio de la ley 15.536, publicada en el Boletín Oficial, en el artículo 1 se estableció: “suspéndese por dos (2) años la exigencia del examen oral establecida en el artículo 26 de la Ley 11.868 para los procesos de evaluación generados en concursos convocados por el Consejo de la Magistratura. Esta reforma será también aplicable a los llamados convocados en los que no se hubiere iniciado la etapa de evaluación”.
Asimismo, se ordenó: “suspéndese para los años 2022 y 2023 la convocatoria dos (2) veces por año calendario a examen de oposición de los postulantes para cubrir las vacantes que se produzcan en órganos de igual jerarquía y competencia material en cualquier lugar de la Provincia, establecida en el artículo 25 de la Ley 11.868”.
Entre los fundamentos de la medida, se planteó que tras el panorama iniciado en 2020, producto de la pandemia, la práctica del examen oral “ha tornado sumamente difícil alcanzar los estándares, teniendo en cuenta la cantidad de pruebas a realizar, con más de 7 mil inscripciones” y señala que ello generó “un considerable atraso en la evaluación”.
Además, se resaltó que si bien el Consejo de la Magistratura sesionó virtualmente de modo ininterrumpido todas las semanas de 2020 y 2021, por el que también se tomaron pruebas orales, ello no fue suficiente.