No demoraron más de una hora para deliberar, fueron contundentes y la fiscalía pudo acreditar la responsabilidad de Jonathan Burgos, Emanuel Jonathan Pulsone y Leandro Pérez Espada. Para el jurado los tres secuestraron a una joven para luego del pago de un rescate liberarla en Bernal en 2017. La semana próxima les darán los montos de las penas.
Así lo decidieron ayer alrededor de las 18 los 12 vecinos que integraron el jurado quienes votaron por unanimidad las condenas para los 3 encartados por el secuestro. Las penas serán definidas por el juez Félix Roumieu del Tribunal Nº 2 la semana entrante, cuando se concrete la audiencia de cesura. Asimismo los ciudadanos consideraron que Pulsone fue “no culpable” del delito de robo, siendo hallados culpables Burgos y Pérez Espada.
Los hechos llevados a debate sucedieron en 2017 en la localidad de Gerli cuando una mujer salió a comprar facturas y fue sorprendida por tres personas que la privaron de su libertad, la obligaron a subir a un auto y la mantuvieron cautiva por varios horas, en ese lapso de tiempo se comunicaron con su pareja a la que le exigieron el pago de un determinado monto de dinero para liberarla. Luego de llamados y posterior pago, la víctima fue dejada en libertad en inmediaciones de Villa Itatí.
En las audiencias de producción de prueba fue contundente el relato de la joven N (la llamaremos de esa manera a fines de preservar su identidad), víctima de los hechos que describió con precisión como había sido secuestrada en la tarde del 30 de julio de 2017, para los ciudadanos se acreditó que los tres imputados fueron los que cometieron ese hecho. Además del testimonio de la víctima vale recordar que tanto Pulsone como Burgos reconocieron haber participado en los hechos, el primero dijo que fue “coaccionado” y en los alegatos el defensor particular de Pulsone, doctor Guillermo Aparicio Mareco planteó la figura del “imputado colaborador”, que será analizado en otro audiencia según lo anunció el doctor Roumieu.
Los policías que realizaron el dictado de fotos en el reconocimiento de Pérez Espada, los que investigaron como una psicóloga fueron semejantes en torno a sus expresiones acerca de lo contundente del relato de la víctima como de la participación material de los imputados. Con más de 10 votos todos los jurados convocados se pronunciaron por la “culpabilidad” de los mencionados. Ahora la semana próxima se darán las penas por los delitos de “secuestro extorsivo” agravado por el pago de rescate y por la participación de 3 o más personas.
Por otra parte se comprobó que los encartados tenían un equipo de handy para hallar frecuencias y escuchaban las comunicaciones de la Policía, lo cual refleja un nivel de logística para cometer los delitos.
La pena
El juez Félix Roumieu será el magistrado encargado de aplicarle el monto de las penas a Pulsone, Burgos y Pérez Espada en una audiencia a la que asistirán el fiscal Sebastián Videla; los letrados oficiales y defensores particulares en la sede de Penales de Quilmes.
Según marca el artículo 170 del Código Penal: “se impondrá reclusión o prisión de cinco (5) a quince (15) años, al que sustrajere, retuviere u ocultare a una persona para sacar rescate. Si el autor lograre su propósito, el mínimo de la pena se elevará a ocho (8) años. La pena será de diez (10) a veinticinco (25) años de prisión o reclusión: si la víctima fuese una mujer embarazada; un menor de dieciocho (18) años de edad o un mayor de setenta (70) años de edad; si el hecho se cometiere en la persona de un ascendiente; de un hermano; del cónyuge o conviviente; o de otro individuo a quien se deba respeto particular; si se causare a la víctima lesiones graves o gravísimas; cuando la víctima sea una persona discapacitada; enferma; o que no pueda valerse por sí misma; cuando el agente sea funcionario o empleado público; o pertenezca o haya pertenecido a alguna fuerza de seguridad u organismo de inteligencia del Estado; cuando participaran en el hecho tres (3) o más personas”.