Los vocales de la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal de la Capital Federal, Juan Perozziello Vizier, Fernando Alcides Uriarte y Florencia Nallar, resolvieron revocar la resolución dictada por el juez a cargo del Juzgado Nº 3, en la que había ordenado a O.S.D.E. otorgar a un hombre la cobertura del 100% del tratamiento medicamentoso “PrEP” (Profilaxis Pre Exposición), para la prevención del contagio de VIH por transmisión sexual.
Los jueces consideraron que aunque el actor – pertenece a un grupo vulnerable y particularmente expuesto a la transmisión del virus, no se encuentran dadas las condiciones para acordar la cobertura total reclamada por la vía cautelar.
En particular, destacaron que no se verificaba la verosimilitud en el derecho. Es que si bien, según indicaron, la profilaxis Pre-exposición (PrEP) podría ser una exitosa estrategia de prevención del VIH, ello no es suficiente para disponer que la prepaga cubra el 100% del tratamiento, dado que el actor no es portador del virus por lo que no se encuentra alcanzado por el concepto de protección integral con los alcances que actualmente tiene en la normativa vigente.
Agregaron que de ello se deriva que no se ha verificado en la instancia cautelar que el tratamiento integre la política sanitaria actual en Argentina. Finalmente, indicaron que tampoco se da en el caso el presupuesto de peligro en la demora, toda vez que el amparista cuenta con otros medios de protección alternativos disponibles.
Fuente: Palabras del Derecho