La magistrada del Juzgado de Niñez, Juventud, Violencia Familiar y de Género y Penal Juvenil de la ciudad de Bell Ville, Noelia Azcona, dispuso la notificación a una mujer, y con ello, la explicación de la decisión judicial respecto al dictado del estado de adoptabilidad de su hija biológica de 8 años de edad, utilizando lenguaje fácil y respetando su lengua de origen: el quechua.
Para ello, tuvo en cuenta que en todos los procedimientos judiciales donde las personas en condición de vulnerabilidad sean parte, deben respetarse sus creencias, su cultura, su idioma y su tierra.
Además, se le hizo saber el contenido de las Reglas de Basilia en cuanto disponen que el sistema judicial está configurado como un instrumento para la defensa efectiva de los derechos de las personas en condición de vulnerabilidad, haciendo hincapié en su artículo 1 en cuanto “…los servidores y operadores del sistema de justicia otorgarán a las personas en condición de vulnerabilidad un trato adecuado a sus circunstancias singulares…” y en la Regla n° 49 en cuanto a que “…tutela el derecho a expresarse en el propio idioma…”.
Asimismo, la magistrada citó el art. 12 del Convenio n° 169 de la OIT vinculado a que los miembros de los pueblos nativos puedan comprender y hacerse comprender en procedimientos legales, facilitándoles, si fuere necesario, interpretes u otros medios eficaces.
En el caso, siendo que la mujer sólo habla y entiende quechua, se optó por que oyera por audio en su dialecto, un texto en lenguaje sencillo sobre el contenido de la sentencia y el alcance de los derechos involucrados, con el objeto de que pueda comprender su realidad jurídica y su derecho a recurrir dentro de los plazos legales, en caso de desacuerdo.
En lo pertinente, se le explicó que la niña se encontraba bien, escolarizada, que baila folclore y que es una niña feliz. Que podría seguir yendo a visitarla y que conoce muy bien sus orígenes, pero que de todas maneras ella podía apelar la decisión.
Otorgada la palabra a su defensora, la misma solicitó que fuese el hermano de la mujer quien le volviera a explicar que se podía apelar la resolución, a lo que esta confirmó que había comprendido el alcance de la situación y se negó a recurrir.