La Cámara Civil porteña suspendió de hecho una decisión de la Inspección General de Justicia (IGJ) que le había ordenado al Jockey Club adecuar su reglamentación interna a la “paridad y diversidad de género disponiendo la inclusión de mujeres como afiliadas”.
La medida adoptada en junio pasado por la IGJ apuntaba a “respetar la diversidad y paridad de género” admitiendo la inscripción como “socias de mujeres y representantes del colectivo LGTB Q+”.
El Jockey Club, una entidad tradicionalmente masculina en la que está vedada la presencia de mujeres, apeló la medida ante la propia IGJ, que habilitó la vía de “revisión” por ante la Cámara Civil pero concediendo la apelación con efecto “devolutivo”.
Ello significaba que, mientras la Cámara revisaba la decisión de la IGJ, la institución debía admitir la presencia de mujeres e integrantes del colectivo LGTB Q+.
La resolución de la IGJ disponía que el Jockey Club se encontrara obligado a “reglamentar los mecanismos de afiliación, mediante los cuales se permita el ingreso y pertenencia de mujeres en su institución”.
Además, debía reformular su estatuto en el plazo de 60 días. Cuando la apelación llegó a la Cámara Civil, los jueces Carlos Calvo Costa y Guillermo González Zurro admitieron el “efecto suspensivo” y suspendieron de hecho la admisión de mujeres.
El fiscal Javier Lorenzutti consideró, en ese contexto, sobre el fondo de la cuestión, que la IGJ actuó en “exceso de su competencia” al disponer la inclusión de mujeres como afiliadas ante el Jockey Club.