El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos publicó en el Boletín Oficial el pedido de los magistrados/as próximos a cumplir 75 años que solicitan ser mantenidos en sus cargos. Cabe tener presente que el artículo 99 de la Constitución Nacional, que enumera las atribuciones del Presidente, establece en el inciso 4:
“Nombra los magistrados de la Corte Suprema con acuerdo del Senado por dos tercios de sus miembros presentes, en sesión pública, convocada al efecto. Nombra los demás jueces de los tribunales federales inferiores en base a una propuesta vinculante en terna del Consejo de la Magistratura, con acuerdo del Senado, en sesión pública, en la que se tendrá en cuenta la idoneidad de los candidatos. Un nuevo nombramiento, precedido de igual acuerdo, será necesario para mantener en el cargo a cualquiera de esos magistrados, una vez que cumplan la edad de setenta y cinco años. Todos los nombramientos de magistrados cuya edad sea la indicada o mayor se harán por cinco años, y podrán ser repetidos indefinidamente, por el mismo trámite”.
Asimismo, a través de la Resolución N° 859-E/2017, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación aprobó el reglamento que regula el trámite para quienes solicitan un nuevo acuerdo. En este caso, se trata de los pedidos de:
-Dra. Adriana Mónica Wagmaister, Jueza del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil n° 88 de la Cap. Federal
-Dr. Víctor Fernando Liberman, Vocal de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala L.
-Dr. Eduardo Rafael Riggi, Vocal de la Cámara Federal de Casación Penal, vocalía 9.
-Dr. Gregorio Corach, vocal de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala X.
-Dr. Luis Alberto Catardo, Vocal de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala VIII.
Desde el día de publicación en el Boletín Oficial y por el término de 15 días hábiles, la sociedad civil, los colegios profesionales, asociaciones que nuclean a sectores vinculados con el quehacer judicial, de los derechos humanos y otras organizaciones que por su naturaleza y accionar tengan interés en el tema, podrán hacer llegar al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, por escrito y de modo fundado y documentado, las observaciones, objeciones, posturas y demás circunstancias que consideren de interés expresar con relación al magistrado solicitante.