La Asociación Judicial Bonaerense (AJB) pidió a la Suprema Corte el apartamiento compulsivo del juez Gastón Eduardo Echeveste, titular del Juzgado de Familia N° 3 de Florencio Varela, acusado en junio de 2022 de ejercer “diversas formas de violencia” contra trabajadoras judiciales.
El gremio presentó esta semana una nota a la presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires, Dra. Hilda Kogan, solicitando que haga uso la SCJBA de sus facultades Constitucionales y “se disponga el licenciamiento compulsivo del magistrado, hasta tanto se cumplan los trámites del proceso de enjuiciamiento que permitan su apartamiento preventivo”.
La presentación lleva las firmas de Hugo Daniel Russo, Secretario General de la AJB, Oscar Yenni, Secretario Gremial y Ruth Sahonero, Secretaria de Género e Igualdad de Oportunidades y Gustavo Gil, Secretario Gremial de la Departamental Quilmes y es complementaria a la denuncia presentada por la AJB en contra el juez en Echeveste por maltratar a las trabajadoras a su cargo: “Las reprende públicamente a los gritos, utiliza expresiones humillantes y descalificadoras, les prohíbe desarrollar tareas para las que fueron designadas o les prohíbe el ingreso al inmueble en el que él tiene su sede, distribuye tareas de manera arbitraria y caprichosa utilizando el trabajo como castigo”, se dijo oportunamente.
Basándose en el expediente administrativo Nº 3005-6969/22, que se le sigue al mencionado magistrado, la representación sindical resaltó: “Numerosos y consistentes fueron los testimonios recibidos por la Subsecretaría de Control Disciplinario (de la Corte). Asimismo, se produjeron informes profesionales que relevaron la afectación en la salud psicofísica de quienes resultaron víctimas del ilegítimo accionar del magistrado”.
Hoy el proceso contra Echeveste se encuentra en manos del Procurador General de la Suprema Corte, Dr. Julio Conte Grand para que se expida sobre el juicio político. Mientras tanto, desde el gremio se entiende que “la violencia que denunciamos hace ya casi un año continúa ejerciéndose sobre trabajadores y trabajadoras; por eso la medida preventiva planteada tendrá como efecto ‘el cese de los actos violentos’, máxime cuando la indagación ordenada por ese Tribunal acreditó los hechos con la suficiente contundencia para adoptar la medida cautelar que solicitamos”.
Tras invocar en respaldo a la petición el derecho a un ambiente de trabajo seguro y libre de violencia, emergente del art. 14 bis de la Constitución Nacional, así como la obligación correlativa que expresa el art. 7 inciso b) de la Convención de Belem do Parà: prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer y adoptar las medidas administrativas apropiadas que sean del caso, es que el gremio solicita el licenciamiento del juez.
Este caso toma particular relevancia porque se encuentra involucrado un juez de familia, responsable de evaluar y establecer medidas sobre situaciones de violencia de género para defender a quienes resultan víctimas, lo cual para la AJB “implica la existencia de un conflicto de interés capaz de afectar la imparcialidad del magistrado y pone en riesgo la administración de justicia destinada a un colectivo vulnerable, especialmente protegido por la legislación”.
Finalmente, el gremio manifestó que la excesiva duración del proceso de enjuiciamiento exige que la Suprema Corte de Justicia ponga en marcha los mecanismos para prevenir nuevos hechos de violencia, y señala que “el Tribunal dispone de atribuciones suficientes para intervenir en las cuestiones que afecten la administración de justicia”