A días de la fecha en la que iba a ser juzgado, el Tribunal en lo Criminal N° 3 de Quilmes sobreseyó a Jorge Ríos, el jubilado que mató al ladrón en Quilmes Oeste cuando entraron a robarle en su vivienda.
La resolución llegó horas después del pedido del fiscal Andrés Nieva Woodgate, que avaló una presentación de los abogados Marino Cid Aparicio, Fernando Soto y Martín Sarubbi. “Disponer el sobreseimiento de Jorge Adolfo Ríos, en orden al hecho calificado como homicidio, agravado por el uso de arma de fuego”, dictó el tribunal, que no mostró “ni la más mínima duda” en que se trató de un caso de ejercicio de legítima defensa.
“(Los disparos) Se produjeron en respuesta a una agresión ilegítima y en el interior de su casa”, argumentó el juez Darío Hernández en su pronunciamiento firmado ayer pasado el mediodía.
Además, quedó sin efecto el juicio por jurados que se iba a desarrollar en cuatro audiencias sucesivas entre el lunes y el jueves próximo.
Ríos fue sorprendido en su casa el 17 de julio de 2020, en plena madrugada. Un grupo de cinco delincuentes irrumpió en la vivienda. Tal consta en la causa Moreyra lo atacó con un destornillador y lo amenazó. La víctima se defendió con su pistola Bersa Thunder calibre 9 milímetros y disparó varias veces en el patio. Como se vio en las imágenes de cámaras de seguridad, Moreyra quedó rezagado en la huida porque estaba herido. Caminó rengueando hasta que cayó en la esquina. A él se acercó Ríos, que estaba armado, y lo pateó.
“En el momento que Ríos alcanza a Moreyra no le efectuó disparo alguno; más allá de algunos puntapiés que Ríos le dio a Moreyra, por la indignación y emoción que le causó ser víctima de los robos y las lesiones, no hay otra conducta reprochable jurídicamente”, indica el documento que sobreseyó al jubilado.
La autopsia al cuerpo de Martín Moreyra indicó que recibió dos balazos: uno en el pecho y otro en la región abdominal que le causó la muerte por un shock hipovolémico. Resultó clave un peritaje balístico del Instituto de Ciencias Forenses de Lomas de Zamora, el cual determinó que Ríos disparó “a una distancia superior a los 50 centímetros”.
Así, concluye la resolución a la que tuvo acceso Data Judicial, “está por demás probado que Jorge Adolfo Ríos, si bien es el autor material del hecho calificado como homicidio agravado por el uso de arma de fuego (arts. 41 bis, 45, y 79 del CP), cometido el día 17 de julio de 2020, en perjuicio de Franco Martín Moreyra, su accionar se encuentra amparado por una causal de justificación que lo exime de responder penalmente”.