La Justicia condenó a la pena de 4 años y 10 meses de prisión y 10 años de inhabilitación para conducir rodados a un chofer de una ambulancia que luego de pasar en rojo un semáforo en Avenida Eva Perón y 137 de Berazategui provocó las lesiones que derivaron en el deceso del médico que lo acompañaba en la unidad de emergencias. Los hechos a cargo del Juzgado Correccional N° 3 de Quilmes sucedieron en junio de 2015.
Para la Justicia quedó acreditada la materialidad ilícita como la autoría penal de Juan Núñez, que ya tenía una condena y que con su conducción imprudente derivó en la colisión en la que éste menajaba una Renault Kangoo que cumplía funciones de unidad de emergencia y que pasó a gran velocidad un semáforo de Eva Perón y 137, que por el impacto Núñez como el fallecido Jorge Yepes Ríos.
En los fundamentos del fallo de la doctora Julia Rutigliano se indica que “en este entendimiento, fácilmente concluimos que la imprudencia resulta ser un claro defecto de la prudencia, la que conduce al hombre en poder discernir entre lo bueno y lo malo de manera tal que las acciones realizadas supongan sensatez, cordura, templanza. El imprudente realiza acciones que no ha meditado previamente, y a ello llega por omitir precisamente el debido cuidado, eso lo conduce a obrar de una manera arriesgada, precipitada, temeraria. Y esto es lo que aquí sucedió respecto al accionar del señor Juan Ramón Nuñez, que desembocó en una violenta colisión, producto de la cual Jorge Manuel Yepes Ríos sufrió lesiones de tal magnitud que concluyeron con su muerte”.
Durante el debate declararon policías que arribaron al lugar de la colisión; el chofer del colectivo. Todos fueron coincidentes en torno a que la Kangoo impactó a la unidad de transporte de pasajeros como la “alta velocidad de la ambulancia”. Asimismo refirieron a que el 159 transitaba con luz de paso verde y a velocidad de inicio de marcha tras la salida de un semáforo.
Con dichos elementos y a requerimiento de la fiscal María de los Angeles Attarian Mena y de la defensa particular en los alegatos a cargo de la doctora María Fernando Regazzoni y el doctor César Leibson se pronunció la magistrada por aplicar una sanción a 4 años y 10 meses de prisión como la inmediata detención de Núñez e inhabilitarlo por 10 años para conducir vehículos por los delitos de “homicidio culposo agravado por la conducción imprudente de vehículo automotor”.
Finalmente, otro de los elementos probatorios que aportó claridad en el juicio y respaldó los dichos de los testigos fueron las cámaras de seguridad que mostraron la mecánica de los sucesos acaecidos el 8 de junio de 2015 en los que perdió la vida Yepes Ríos. Asimismo Núñez fue declarado reincidente ya que tenía una condena pendiente, por lo que la jueza Rutigliano avaló el pedido de la fiscalía en las audiencias de juicio llevadas adelante la semana última.