La Cámara Federal de Casación Penal convalidó las condenas a ocho años de prisión para tres agentes del Servicio Penitenciario Federal (SPF) por torturas contra dos jóvenes que en diciembre de 2007 estaban detenidos en la cárcel de Ezeiza, informaron fuentes judiciales.
Se trata de un caso que se reinició por una disposición de 2013 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
Según las fuentes, la Sala IV de dicha Cámara, integrada por los jueces Mariano Borinsky, Ángela Ledesma y Ana María Figueroa, resolvió, por mayoría, imponer una pena de 8 años de cárcel al agente penitenciario Rubén Constantín, y convalidar la misma condena para Sergio Giménez y Pablo Jara, por el delito de “imposición de torturas”.
A su vez, los camaristas dispusieron la absolución, por el beneficio de la duda, de Víctor Salto y Jorge Puppo, y la inmediata liberación de ambos.
En 2018, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal 1 de La Plata había condenado a Constantín a 6 años de prisión, y a Giménez y Jara a 5; mientras que absolvió a Puppo y Salto.
Sin embargo, en 2019, Casación anuló parcialmente esa sentencia y, en 2022, el mismo tribunal de juicio condenó a Constantín, Puppo y Salto a 9 años de cárcel; y a Giménez y Jara a 8.
Las torturas investigadas ocurrieron el 9 de diciembre de 2007 en perjuicio de dos jóvenes alojados en el Complejo Penitenciario Federal de Ezeiza, donde cumplían sendas condenas a prisión perpetua, que les habían impuesto cuando eran menores de edad.
Según la acusación, las torturas se cometieron por la noche de ese día, cuando un grupo de requisa ingresó violentamente al Pabellón B de la Unidad Residencial II -disparando sus armas- y golpeó a las personas detenidas.
Los dos jóvenes fueron retirados y llevados a una “leonera”, donde “los arrojaron al piso, boca abajo, esposados con sus manos a la espalda, para luego proceder a golpearlos fuertemente en distintas partes del cuerpo, mientras las víctimas eran sujetadas por la fuerza”.
“Luego de retirarles el calzado por la fuerza, procedieron a golpearlos con palos y/o bastones en las plantas de los pies, tobillos y pantorrillas, práctica de tortura que se conoce como ‘pata pata’ en la jerga carcelaria argentina o ‘falanga'”, añadieron los acusadores.
En ese contexto, los penitenciarios “intentaron, sin quitarles los pantalones, introducirles los bastones, con los que eran golpeados, en el ano”.