La Ley 27.721 dejó de requerir “acción deliberada alguna a cargo de la persona beneficiaria o apoderada para acreditar supervivencia”.
Entró en vigencia esta semana la ley 27.721 que eximió a jubilados y pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y del Sistema de Pensiones no Contributivas de la obligación de presentar la declaración de supervivencia o fe de vida, así como cualquier trámite complementario con igual fin.
De esta forma, quedó sin efecto cualquier necesidad de demostración de subsistencia a cargo del beneficiario como condición para el cobro de sus haberes y demás beneficios previsionales.
La ley sancionada el pasado 5 de julio en el Congreso de la Nación dispone que los bancos ya no podrán exigir el cumplimiento de ninguna acción, por parte del beneficiario o su apoderado, para acreditar supervivencia, con excepción de acreditar su identidad y, en su caso, apoderamiento.