El Poder Ejecutivo Nacional publicó el Decreto Nº 393/2023 en el Boletín Oficial ayer, por el que se reglamenta la Ley 27.706 que creó el “Programa Federal Único de Informatización y Digitalización de Historias Clínicas de la República Argentina”.
A través de dicha norma se establece un sistema de registro de historias clínicas electrónicas con los datos del paciente desde que nace hasta su fallecimiento.
La Historia Clínica Electrónica (HCE), según la reglamentación, es el “conjunto de documentos digitales y/o electrónicos, en el que se registra toda actuación realizada por profesionales y auxiliares de la salud, todos los procesos asistenciales indicados y recibidos por el o la paciente, aceptados o rechazados y los datos actualizados de su estado de salud, para garantizar una asistencia adecuada”. Es integral, auténtica, inalterable, perdurable, única, inviolable y recuperable en tiempo y forma.
El Sistema creado permite al profesional de salud acceder a la base de datos con la información clínica relevante, y así poder atender a cada paciente desde cualquier lugar del país.
En cuanto a la implementación de la Ley 27.706, se otorga al Ministerio de Salud la potestad de conformar el “Programa Federal Único de Informatización y Digitalización de las Historias Clínicas de la República Argentina”, en el ámbito del Consejo Federal de Salud (COFESA), mediante la suscripción de los convenios respectivos, con el fin de determinar las condiciones de implementación progresiva, cooperación, colaboración y funcionamiento.