En una sentencia firmada esta semana la Cámara Nacional Electoral enfatizó la necesidad –que viene remarcando hace ya mucho tiempo- de que el Congreso de la Nación revise la regulación legal del sistema de votación, para modificar, al menos, el mecanismo de asignación de fondos públicos para la impresión de las boletas de las listas de precandidatos que participan en las elecciones primarias abiertas simultáneas y obligatorias.
Al respecto, hizo notar que según la última interpretación mantenida por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el régimen vigente impone que el Estado Nacional cubra el monto de impresión de las boletas de todas las listas de precandidatos, sin ponderación alguna sobre su representatividad, como sí ocurre en otras pautas de distribución de fondos públicos, en las que se tiene en cuenta la cantidad de votos obtenidos por las agrupaciones en elecciones anteriores.
Esa interpretación -señala el máximo tribunal electoral- conduce a resultados irrazonables, como que el partido que reclamó aportes en el caso, “recibió fondos públicos para imprimir 15.325.440 boletas para la categoría de diputados nacionales, mientras que fueron efectivamente necesarias menos de 10.000 (diez mil) de esas boletas, para votar a sus listas internas; esto es un 0,47% del total de votos emitidos”.
Tras reseñar varias situaciones como esa, suscitadas con muchas listas contendientes el pasado 13 de agosto, la sentencia (firmada, en forma unánime, por los jueces Alberto Dalla Via, Santiago Corcuera y Daniel Bejas) pone de relieve que además del incremento exponencial de listas “no pueden descartarse situaciones de abuso del derecho o, lisa y llanamente, casos de malversación de fondos”. En ese sentido, recuerda una serie de medidas adoptadas por la Cámara para verificar la actividad de las imprentas que aparecen contratadas por las agrupaciones políticas y menciona la existencia de actuaciones penales por la posible comisión de delitos de acción pública.
Con base en esas consideraciones, la Cámara resolvió dirigirse al Congreso de la Nación “a fin de que, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, disponga lo conducente para revisar y armonizar la regulación vigente en la materia, a la mayor brevedad posible”. Del mismo modo, hizo saber lo resuelto a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.