Por unanimidad los jueces del Tribunal Oral N° 5 de Quilmes condenaron ayer a prisión perpetua al padrastro que mató a una criatura de 5 años, hijo de su expareja, en una vivienda de La Cañada años atrás.
Esteban Emanuel Portillo fue sentenciado por “homicidio agravado por alevosía”. Tal consta en la causa y se acreditó en el juicio los vecinos dieron cuenta “que eran frecuentes los castigos físicos tanto a la criatura fallecida” en la humilde vivienda. Al pequeño, según el expediente, el acusado lo golpeaba con una muleta que usaba para trasladarse y luego lo dejaba a la intemperie, con lesiones y expuesto a las adversidades climáticas.
El hecho se había descubierto en octubre de 2017 cuando el niño era trasladado de urgencia a una clínica de la Avenida Calchaquí donde los médicos comprobaban que por las lesiones había fallecido. El pequeño presentaba hematomas en distintas partes del cuerpo. Ante esta situación, los médicos avisaban de la situación a las fuerzas policiales que luego daban intervención a la Justicia.
Los jueces Federico Merlini, Gustavo Farina y Juan Mata del Oral 5 pasado el mediodía dieron a conocer el pronunciamiento condenatorio en la sede judicial de la calle Alem del centro quilmeño.
La alevosía
Uno de los modos de ejecución del homicidio calificado es la alevosía. En este tipo de homicidio es determinante el estado de indefensión de la víctima, y el aprovechamiento de este estado por parte del homicida.
Los medios, modos y formas en la ejecución del hecho delictivo tienden a asegurar la muerte deseada, sin riesgos para el autor. En el Código Penal el homicidio con alevosía es un agravante de la figura de homicidio y se sanciona con la máxima pena. El artículo 80 inciso 2º dice que se impondrá reclusión o prisión perpetua “al que matare” con “ensañamiento, alevosía, veneno u otro procedimiento insidioso”.
Todos los elementos se dieron en el homicidio por el que fue condenado Portillo en la víspera por la Justicia de Quilmes.