El diputado nacional Agost Carreño (Pro – Córdoba) presentó un proyecto de ley para modificar el artículo 2 de la Ley N° 25.761 de desarmado de automotores estableciendo que todo propietario del automotor que proceda al desarmado de autopartes, deberá solicitar la baja ante el registro seccional que le corresponda y propone que las autopartes legalmente extraídas sean identificadas con un stikers de seguridad.
La iniciativa propone que el artículo 2 establezca: “Todo propietario de un automotor que proceda a su desarmado con el objeto de utilizar sus autopartes, deberá solicitar su baja ante el registro seccional del automotor que corresponda. En el caso de desear recuperar alguna pieza, deberá acompañar un listado preciso y detallado de aquellas que sean pasibles de recuperación, con la identificación numérica de aquellas que la posean o lo que disponga la reglamentación de la presente ley”.
Y agrega: “El mismo trámite deberá ser realizado por la autoridad pública que proceda al desarmado de vehículos abandonados, perdidos, decomisados o secuestrados, a los efectos de poder utilizar sus autopartes. En el caso de las autopartes de seguridad es de aplicación lo dispuesto por el artículo 28 de la Ley Nº 24.449, su decreto reglamentario 779/95 y modificaciones”.
Carreño recuerdo que el Congreso Nacional “ha creado, mediante el dictado de la Ley N° 25.761, el trámite de baja de automotor con recuperación de piezas, el que busca principalmente eliminar el mercado negro de compraventa de autopartes robadas”.
En ese sentido, plantea que “se debe identificar con un sticker de seguridad cada pieza recuperada para que, en caso de que la policía allane desarmaderos y otros lugares propensos a tener stock de autopartes usadas, pueda identificar aquellas legalmente extraídas de un vehículo dado de baja, pudiendo el propietario de las mismas acreditar un lícito origen”.
También propone que “se permita expresamente que la autoridad pública que secuestró o decomisó un vehículo, y siempre que cumpla con su normativa específica, que además de afectar su uso, inscribirlo a su favor, subastarlo o transferirlo, pueda optar por realizar su baja y recuperar las piezas de utilidad para usarlas como repuesto en las flotas estatales o bien para comercializarlas e incrementar los ingresos públicos (lo que solo podría hacerse a través de un desarmadero habilitado y controlado por el RUDAC). De no permitir esto, los vehículos pierden valor por su abandono, e incluso terminan generando costos económicos y ambientales que terminan afrontando los vecinos”.
Lo que busca es proceder a la “descontaminación, compactación y disposición final de automotores, pudiendo reutilizar el Estado, aquellas piezas que sea posible recuperar. Con esta modificación legal estaríamos fomentando la economía circular en una tarea estatal como es el contralor del tránsito”.