La Abogacía Organizada de Berazategui Asociación Civil manifiesta su adhesión al comunicado emitido el 29 de diciembre de 2023 por el Colegio de Abogados del Departamento Judicial Quilmes sobre al Proyecto de Ley Ómnibus denominado “Bases y Puntos de Partida para La Libertad de los Argentinos” presentado el 27 de diciembre de 2023 por parte del Poder Ejecutivo Nacional, especialmente en relación al divorcio administrativo sin patrocinio letrado y el proceso sucesorio notarial, que suprimen incumbencias profesionales y los honorarios y aportes previsionales de los abogados y abogadas.
En el texto al que accedió Data Judicial explica que “el artículo 3° del proyecto de ley propone la delegación de facultades legislativas al Presidente de la Nación en todas las materias esenciales y estratégicas: económica, financiera, fiscal, previsional, de seguridad, defensa, tarifaria, energética, sanitaria, administrativa y social, lo cual atenta contra la división de poderes del sistema representativo y republicano de gobierno de nuestra Constitución Nacional, ya que elimina la función legislativa del Congreso de la Nación, y clausura el funcionamiento del mismo en el proceso de formación,
deliberación y sanción de las leyes”.
“Tal delegación legislativa ilimitada constituye la atribución en un único gobernante de la suma del poder público – salvo el judicial-, característica propia de sistemas de gobierno autoritarios, que denota la gravedad institucional que provocaría la aprobación del proyecto de ley. El Presidente pretende gobernar mediante el dictado de decretos de delegación legislativa, cuya vigencia sin intervención ni aprobación previa del Congreso de la Nación podrá pretenderse en virtud del inconstitucional art. 17 de la Ley 26.122”.
El proyecto de ley padece una gran cantidad de inconstitucionalidades en distintas materias, que merecen un abordaje más extenso y profundo que el propio de un comunicado como el presente, entre las cuales cabe destacar que se pretende incorporar la “obediencia debida” como una nueva causa para justificar la no punibilidad de los delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura cívico-militar (1976-1983) que permitirá que las condenas de los genocidas puedan ser revocadas, eximiéndolos de responsabilidad penal en virtud del principio del derecho penal “aplicación de la ley penal más benigna” consagrado
en el artículo 2° del Código Penal. Finalmente, solicitamos a los Sres. legisladores y legisladoras del Congreso de la Nación rechazar el proyecto de ley, a fin de mantener la vigencia del sistema republicano y representativo de la Constitución Nacional, defender los derechos y garantías reconocidos y protegidos constitucional y convencionalmente, y velar por la armonía social”; finaliza el comunicado.