La senadora de la Nación Mónica Silva (Juntos Somos Río Negro) presentó un proyecto de ley para atender la crisis salarial del sector educativo mediante la creación de un nuevo Fondo Nacional para el Desarrollo Docente (Fondedoc) de carácter “permanente”, que se financiará entre otras partidas con el 20 por ciento de los derechos de exportación de la soja, y se “distribuirá” trimestralmente con las provincias adheridas con los porcentajes establecidos por la coparticipación federal.
Ante la eliminación del Fondo Nacional del Incentivo Docente (FONID) dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional, la legisladora formalizó su iniciativa a través de un proyecto de ley que presentó en el Senado de la Nación para “poner en valor el sistema educativo y fomentar la equidad entre los sistemas provinciales a los fines de impulsar la innovación y el desarrollo docente”.
La senadora rionegrina diseñó la creación del Fondedoc en respuesta a la necesidad de “defender los salarios de los docentes de Río Negro y de todas las provincias”, tras la interrupción formal del (FONID) que se dispuso mediante el decreto de necesidad y urgencia que se publicó el pasado 27 de marzo en el Boletín Oficial.
Respecto del nuevo fondo el mismo estará integrado por el 20% de las sumas que el Estado Nacional efectivamente perciba en concepto de derechos de exportación de soja, en todas sus variedades y sus derivados, no podrán “ser inferior al monto total transferido en 2023, actualizado por el Índice de Precios al Consumidor”, y las diferencias “en caso de haberlas serán cubiertas por aportes de Tesoro Nacional”.
El fondo se “distribuirá trimestralmente el total de su producido, entre las provincias que adhieran, a través del Banco de la Nación Argentina, de acuerdo a los porcentajes destinados a cada provincia establecidos en la ley de Coparticipación Federal”.
El proyecto establece que el nuevo fondo podrá integrarse con “las sumas que se le asignen en el presupuesto general de la Nación, las donaciones y legados con destino específico a los programas objeto de la ley, los intereses y actualizaciones que produzcan las inversiones del Fondo, en bancos del sistema oficial”.
Como así también “los tributos nacionales y aportes que por leyes especiales se destinen a programas de apoyo al sector” y “los recursos no invertidos al término de cada ejercicio”.