La titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 8, Cecilia Gilardi Madariaga de Negre, resolvió rechazar una acción judicial de tres socios del Club Atlético River Plate en la que cuestionaban el decreto 70/2023, respecto a la conversión de las entidades futbolíticas en sociedades anónimas deportivas.
La causa había sido iniciada por Daniel Adrián Kiper, Horacio Carlos Roncagliolo y Carlos Alfonso Lancioni, en su carácter de socios de River, contra el Mega DNU respecto a los cambios que esa norma efectuó en la Ley del Deporte y la Ley de Sociedades. Señalaron que aquella norma pone en riesgos sus derechos como asociados y pretende modificar el sentido como así también la dimensión del deporte, prendiendo convertir asociaciones civiles en sociedades con fines lucrativos.
El expediente tuvo, incluso, trámite durante la feria de enero. El Poder Ejecutivo, en esa oportundiad, contestó la demanda y alegó que los actores no tenían legitimación para demandar como lo hicieron.
La jueza De Negre admitió los argumentos del Ejecutivo. Consideró que existía falta de legitimación activa de los actores y que, en consecuencia, no se verificaba la presencia de un “caso judicial” que habilitara el conocimiento del tribunal.
La magistrada, en sus argumentos, recordó que los jueces no pueden admitir el control de mera legalidad si los postulantes no son parte de la relación jurídica sustancial. En el caso, dijo, “no logro advertir un conflicto concreto entre partes adversas o una colisión efectiva de derechos”.
“No existe cláusula alguna en el estatuto del club que permita su representación por los aquí actores, quienes no pueden determinar la voluntad de la enorme masa societaria de la Institución River Plate”, sentenció la jueza De Negre para rechazar la acción.