El titular del Juzgado de Garantías N° 2 de Azul, Federico Barberena, dispuso la continuidad de la investigación penal preparatoria en un caso de abuso sexual gravemente ultrajante con acceso carnal agravado que tenía como víctima a una niña, a pesar de que la acción penal se encontraba prescripta.
El requerimiento fue realizado por el particular damnificado luego de haberse declarado la prescripción y sobreseimiento del imputado por parte de la Cámara de Apelaciones y argumentó que, en distintos casos, tanto ante la Corte Suprema de Justicia como ante la Cámara de Casación, se había hecho lugar al juicio por la verdad fundado la interpretación sobre la responsabilidad que tiene el Estado para la investigación de delitos de abuso sexual conforme la Convención de los Derechos del Niño y la Convención de Belem Do Pará.
En este sentido, el juez consideró que los argumentos expuestos no sólo avalaban la legalidad y razonabilidad para continuar con la acción penal, sino que también el Estado tiene la obligación de hacerlo puesto que asumió ante los sistemas internacionales la protección de los derechos humanos de las víctimas y el esclarecimiento de los hechos tal y como ocurrieron.
Agregó que este caso no se trata de “un delito común” sino que por las especiales características de la víctima de género y edad, como así del “contexto de su producción (que aquí se traduce a la omisión de adecuación normativa o reglamentación oportuna por parte del Estado)” el hecho constituye una grave violación de Derechos Humanos.
De esta forma, el magistrado argumentó que el Estado debe garantizar el derecho a ser oído del niño, debiendo investigar y, particularmente, enjuiciar este caso particular, en cumplimiento de una debida diligencia reforzada para aquellas situaciones que afectan a personas que integran un grupo históricamente vulnerado, a pesar de no resultar posible obtener una pena privativa de la libertad.
Por estas razones, sentenció que, si bien la procedencia de Juicios por la verdad es excepcional, “responde a una mirada integral, con perspectiva de género y en clave de Derechos Humanos; ya que las estadísticas demuestran, en forma objetiva y de manera contundente, la magnitud de la problemática relativa a los abusos sexuales y cómo estos repercuten desproporcionadamente en mujeres y, en particular, la infancia -es decir a las niñas-”.
Fuente: Palabras Del Derecho