El Presidente de la Nación, Javier Milei, envió los pliegos al Senado de sus candidatos a integrar la Corte Suprema de Justicia, tras la salida de Elena Highton en 2021 y la futura de Juan Carlos Maqueda en diciembre de este año. Se trata del actual juez Ariel Lijo y del catedrático Manuel García Mansilla.
A fines de marzo, la Oficina de Presidencia había comunicado la intención de Milei de proponer como candidatos al titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal n° 4 y al actual decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Austral. En ese sentido, modificó el Dec 222/2003, que contempla el procedimiento para el nombramiento de magistrados/as para Máximo Tribunal, con la finalidad de iniciar el trámite de la candidatura previo a la producción de la vacante. Ello en razón de que la segunda vacante se produciría luego del cumpleaños del cortesano Maqueda el 29 de diciembre próximo.
La Constitución Nacional estipula como potestad del Poder Ejecutivo la de “nombrar los magistrados de la Corte Suprema con acuerdo del Senado por dos tercios de sus miembros presentes, en sesión pública, convocada al efecto”. Por lo que, los candidatos necesitarían como mínimo entre 25 y 48 senadores, de acuerdo al número de presentes, que den su voto positivo para convertirse en jueces de Corte.
Tras cumplimentar con el procedimiento establecido en el Dec 222/03, conforme el Reglamento de la Cámara de Senadores, la Secretaría Parlamentaria debe arbitrar las medidas necesarias para darle publicidad a los pliegos remitidos por el Poder Ejecutivo. Los ciudadanos podrán ejercer su derecho a formular observaciones respecto de las calidades y méritos de los aspirantes, dentro de los siete días corridos siguientes a partir del momento en que el pedido de acuerdo tenga estado parlamentario a través de su lectura en el recinto.
Vencido el plazo para presentar las observaciones y las preguntas que se le quieran formular al interesado durante la audiencia pública, la Comisión de Acuerdos analizará en el término de tres días corridos cada una de ellas, pudiendo rechazar in limine todas aquellas carentes de razonabilidad. Luego, dará traslado de las observaciones al interesado, para que dentro de los tres días corridos las conteste y agregue las pruebas que estime conducentes. En el mismo acto, se le notificará el día, hora y lugar en donde se realizará la audiencia pública.
Durante la audiencia, los postulantes responderán las preguntas que hayan realizado la ciudadanía y las que deseen formular los senadores. Finalizada la reunión, la Comisión de Acuerdos debe producir dictamen fundado, a la mayor brevedad posible, aconsejando hacer lugar o rechazar el pedido de acuerdo solicitado por el Poder Ejecutivo para luego tratarse en el recinto.