El ministerio de Seguridad de la Nación dispuso el uso de armas no letales para detener a agresores y delincuentes, según consta en la Resolución N° 704/2024 publicada en el Boletín Oficial. De acuerdo con la norma, el Gobierno trabajará con las fuerzas policiales nacionales, provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires para entrenar a los agentes concretamente en el uso de las pistolas taser.
En la norma también se indicó que la Ley de Seguridad Interior Nº 24.059 otorga al ministerio de Seguridad, la facultad de “Entender en la determinación de la organización, doctrina, despliegue, capacitación y equipamiento de la Policía Federal Argentina y Policía de Seguridad Aeroportuaria; e intervenir en dichos aspectos con relación a Gendarmería Nacional y Prefectura Naval Argentina, en estos últimos casos exclusivamente a los fines establecidos en la presente ley”.
Además, los principios básicos sobre el empleo de la fuerza y de armas de fuego por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley dictaminan que: “Los gobiernos y los organismos encargados de hacer cumplir la ley establecerán una serie de métodos lo más amplia posible y dotarán a los funcionarios correspondientes de distintos tipos de armas y municiones de modo que puedan hacer un uso diferenciado de la fuerza y de las armas de fuego”.
“Entre estas armas deberían figurar armas incapacitantes no letales para emplearlas cuando fuera apropiado, con miras a restringir cada vez más el empleo de medios que puedan ocasionar lesiones o muertes. No obstante, se hará una cuidadosa evaluación de la fabricación y distribución de armas no letales incapacitantes a fin de reducir al mínimo el riesgo de causar lesiones a personas ajenas a los hechos y se controlará con todo cuidado el uso de tales armas”, se añade.
Las armas no letales resultan imprescindibles para su utilización en situaciones en las que representarían un exceso o que significarían un grave riesgo para otras personas ajenas al agresor, fundamentalmente en lugares de alta concentración de público.