La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió el plazo para realizar la recategorización del primer semestre del año hasta el 9 de agosto, inclusive. La decisión se oficializó a través de la Resolución General 5534/2024, publicada en el Boletín Oficial.
Si bien la recategorización suele realizarse hasta los días 20 de los meses de julio y enero, la demora en la aprobación del paquete fiscal, que incluye cambios para el monotributo, corrió los plazos. Según la AFIP, el objetivo de modificar las fechas es a “promover y facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes y/o responsables”.
En los casos que describe el organismo se trata de enanismo fiscal, es decir, personas que si bien pagan impuestos tratan de hacerlo muy por debajo de su capacidad contributiva.
Además, se prorroga el vencimiento de la obligación de pago mensual -impuesto integrado y cotizaciones previsionales- correspondiente al período agosto de 2024.
Y, por último se aclara que, las obligaciones de pago resultantes de la citada recategorización tendrán efecto para el período comprendido entre el 1 de agosto de 2024 y el 31 de enero de 2025. Se detalla que que, se podrá cumplir con las obligaciones de pago mensual -impuesto integrado y cotizaciones previsionales- correspondientes al período agosto de 2024, hasta el 28 de dicho mes inclusive.