La Dirección Nacional de Mediación y Métodos Participativos de Resolución de Conflictos dispuso que desde el 2 de septiembre al 15 de noviembre de 2024 deberán actualizarse de manera obligatoria los datos de los integrantes del Registro de Mediadores de la Ley N° 26.589.
Cabe recordar que la Ley N° 26.589 estableció el carácter obligatorio la mediación previa en ciertos procesos judiciales y creó un Registro Nacional de Mediación.
Mediante la Disposición 55/2024 se advierte que, transcurridos 4 años de la pandemia, se verifican diversas consecuencias derivadas de ella y de las prácticas que se improvisaron, “como la pérdida de habitualidad en los trámites ante el Registro, el incumplimiento de acreditación de pago de matrícula y las horas de capacitación continua anual, la instalación de modos de trabajo o adopción de soluciones provisorias, la adaptación de procedimientos sin respaldo en normas, así como la disminución en la observancia de los requisitos de inscripción y permanencia”.
“Corresponde disponer la actualización obligatoria de datos de todos los matriculados en el Registro a fin de conformar una base confiable, con el conocimiento de quienes realmente tienen interés de permanecer en el mismo y se encuentran en el ejercicio pleno de la mediación prejudicial”, argumenta la medida.
Los mediadores prejudiciales serán notificados, en 2 oportunidades, a la dirección del correo electrónico actualmente constituido y recibirán allí los datos que actualmente tienen registrados. Una vez recibido el correo deberán concurrir personalmente a la sede de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MEDIACIÓN Y MÉTODOS PARTICIPATIVOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS a fin de realizar ciertos trámites. Las fechas para asistir presencialmente están determinadas según el número de matrícula.