El 20 de octubre de 2004, un incendio en la comisaría 1ª de Quilmes terminó con la vida de cuatro jóvenes de entre 15 y 17 años: Diego Maldonado, Elías González, Manuel Figueroa y Miguel Aranda. Ellos estaban alojados en condiciones inhumanas de detención y eran víctimas de torturas sistemáticas; ese día, tras el incendio, los policías requisaron y golpearon a las víctimas antes que auxiliarlas. Luego de la masacre, el ministro de Seguridad León Arslanian prohibió por resolución el alojamiento de menores de edad en dependencias policiales. Sin embargo, todavía hoy esa resolución no se cumple.
En el marco de estos 20 años nobías Corro Molas reflexionó sobre el impacto que tuvo el caso en la normativa provincial, y sobre el resurgimiento de los discursos que reclaman mano dura y la baja de la edad de inimputabilidad. En 2004 Tobías tenía 28 años, era cura y ejercía su labor pastoril en Villa Itatí. Al enterarse de la tragedia en Quilmes, se contactó con las familias de las cuatro víctimas y las acompañó a lo largo del proceso de organización en reclamo de justicia que duró más de 15 años.
“Entendimos que teníamos que recorrer los hospitales, que teníamos que ir a ver a los sobrevivientes que estaban internados, y fue en esa capacidad de organización de estas mamás que se juntan y que se autodenominan Madres de la Masacre de Quilmes, y que el reclamo popular se fue consolidando”, recuerda.
La Masacre de la Comisaría 1ª de Quilmes ocurrió el 20 de octubre de 2004. Ese día había 17 jóvenes menores de 18 años detenidos en dos calabozos ciegos de 3 por 4 metros cada uno, en condiciones de aislamiento y hacinamiento extremo. La mayoría de estos jóvenes estaba esperando un traslado a un centro de detención juvenil o de rehabilitación por consumo problemático.
El 20 de octubre, luego de otra violenta requisa, Diego Maldonado, uno de los chicos detenidos, recibe una carta con la noticia del fallecimiento de su hermana menor, por lo que solicita permiso para asistir al velatorio. La policía le niega eso y la comunicación con su familia. Como medida de protesta, los chicos prendieron fuego un pedazo de colchón y, a pesar de los gritos de auxilio, los policías demoraron 15 minutos en abrir el calabozo.
Además del accionar policial que demoró el auxilio, la dependencia policial no contaba con las medidas de seguridad necesarias para combatir el incendio. Los jóvenes terminaron intoxicados por la inhalación del humo que desprendían los colchones y con quemaduras; a pesar de las graves lesiones, los policías volvieron a golpearlos y los amontonaron en la cocina del lugar para interrogarlos por el incendio.
“En la cocina arman como un círculo y amontonan a los pibes. Los relatos de los sobrevivientes son: nos apoyan unos encima de otros y nos quedamos hasta con la piel quemada del compañero”, describe Tobías Corro Molas sobre aquel momento posterior al incendio y que fue posible reconstruir a través del testimonio de los sobrevivientes. Recién luego de interrogarlos para que señalen quién había iniciado el fuego, los policías los llevaron en patrullero a hospitales de la zona, donde permanecieron internados con esposas y bajo amenazas.
Diego Maldonado de 16 años, Elías González de15, Manuel Figueroa de 17 y Miguel Aranda de 17 fallecieron en las horas y días siguientes por intoxicación y por las quemaduras generadas por el incendio. El resultado de las autopsias también dio cuenta de las golpizas a las que habían sido sometidos.
Recién 11 años después de la masacre se realizó el juicio. La Comisión Provincial por la Memoria estuvo durante esos años acompañando el reclamo de las familias y fue veedora de las audiencias.
Este fue el comienzo de un largo proceso de lucha que recayó en la organización de las familias y los sobrevivientes, y llevó 11 años de un incansable reclamo en un contexto de desidia y amenazas.
Durante ese juicio oral, realizado en 2015, los relatos de los sobrevivientes y las pruebas periciales constataron las responsabilidades de los policías por estos delitos y por la omisión de sus obligaciones como custodia estatal de las personas detenidas, pese a que se buscó culpabilizar a los jóvenes de lo ocurrido e incluso construir la idea de que se había tratado de un enfrentamiento entre dos grupos.
“El tribunal percibió la densidad de lo que significa estar perseguido por las fuerzas de seguridad y que el mismo tribunal no le podía garantizar que afuera no le pase nada. Entonces es como muy estremecedor ver a un testigo enfrentando a un sistema y quedando desamparado en ese mismo acto de denuncia”, comenta Tobías exponiendo la complejidad que implicaba para los sobrevivientes el reclamo de justicia.
Acorde a las pruebas expuestas, el fallo de los magistrados Alicia Anache, Armando Topalián y Alejandro Portunato impuso una pena de 19 años para Fernando Pedreira por los delitos de apremios ilegales en concurso real con tortura, de 10 años para el entonces comisario Juan Pedro Soria por los delitos de estrago culposo seguido de muerte y omisión de evitar torturas, de 10 años a Hugo D’Elía por apremios ilegales en concurso real con torturas, de 9 años para Juan Carlos Guzmán por los mismos delitos, y de entre tres y cuatro años a Basilio Vujovic, Elizabeth Grosso, Franco Góngora, Daniel Altamarino, Jorge Gómez y Gustavo Ávila, todos ellos imputados por apremios ilegales.
Luego de cuatro días del dictamen, la Cámara de Apelaciones les otorgó prisión domiciliaria, poniendo en evidencia las influencias de las fuerzas de seguridad dentro de los tribunales de Quilmes. En diciembre de 2022, el TOC 5 de Quilmes condenó a Elida Marina Guaquinchay Bogado a 4 años de prisión y 8 de inhabilitación por el delito de omisión de evitar de torturas.
La masacre de Quilmes se erigió como caso testigo de una época. La muerte de los cuatro jóvenes evidenció la inexistencia de dispositivos de protección y promoción de derechos de los detenidos en las comisarías.
Tras los hechos, y mediante la resolución 1623/04 publicada en el boletín informativo del 25 de octubre de 2004, el ministro de Seguridad, León Carlos Arslanian, dispuso prohibir “el alojamiento de menores en dependencias policiales, instruyéndose a los titulares de las mismas para el cumplimiento estricto”.
El fallo Verbitsky, en abril de 2005, puso límites al hacinamiento, el maltrato y la violencia en las unidades carcelarias. Sin embargo, 10 años después, la emergencia de seguridad dictada por el gobierno provincial contempló la reapertura de calabozos en comisarías; en ese momento, la CPM pidió la inconstitucionalidad de la medida ante la Corte Suprema de Justicia y presentó una cautelar en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que fue aceptada. La insólita decisión política sigue vigente y sólo empeora las condiciones de encierro, desoye las recomendaciones de los tribunales internacionales y viola los derechos y garantías establecidos en la Constitución nacional.
En la actualidad, donde reaparece el debate sobre la baja de inimputabilidad y mano dura como parte de las políticas que estigmatizan y violentan a los sectores populares y principalmente a les jóvenes de estos sectores, parece sustancial recuperar estas memorias.
“Me parece que hay que reivindicar la memoria de Diego, Elías, Manuel y Miguel, que mediáticamente los han tratado como los pibes pobres que murieron y que fueron parte de un motín, ¿no? Acá hay una cuestión mucho más importante: ¿cómo es el tratamiento de la juventud y la esencia de la pobreza en el marco de una sociedad que encierra a lo que considera peligroso?”, dice ahora Tobías Corro Molas en diálogo con Andar Agencia.
Acto el sábado 26
A 20 años las familias convocan el sábado a un acto recordatorio en la Plaza de la Estación de Quilmes en donde se encuentra la señalización y como lo hacen siempre desde hace dos décadas.