El juzgado Contencioso Administrativo Nº 3 del Departamento Judicial de La Plata, presidido por María Fernando Bisio, hizo lugar a una medida cautelar presentada por la Asamblea en Defensa de la Reserva de Biosfera Pereyra Iraola.
De esta forma, ordenó al gobierno municipal de Ensenada el cese inmediato de todas las tareas que impliquen extracción arbórea y cualquier modificación del área afectada del área del Camino Negro (ex ruta 19), tal cual la Asamblea reclamó en la demanda.
La Jueza dejó constancia que el Municipio de Ensenada podrá realizar únicamente tareas de limpieza hasta que se dicte sentencia, informó el Foro Regional en Defensa del Río de la Plata, la Salud y el Medio Ambiente, entidad que integra la Asamblea mencionada.
De esta manera, suspendió las actuaciones, procedimientos y actos administrativos que autoricen o propendan a la repavimentación del Camino Negro”, reconociendo la necesidad del cuidado y la protección de la biodiversidad que actualmente se encuentran en peligro y el tratamiento del suelo que pertenece al área.
En su fallo, la Jueza considera la necesidad de dar cumplimiento a todo lo necesario para el mantenimiento de la categoría de Reserva de Biosfera en el marco del Programa MAB de la UNESCO y reconoce que la ex ruta 19 se encuentra zona roja, es decir, en una zona que es Intangible y señala que el Camino Negro forma parte de la Reserva de Biosfera.
La Jueza, al dictar sentencia, tuvo en cuenta las consideraciones realizadas por la Asamblea, representada por el abogado Aníbal Falbo, en el marco de la Clínica Jurídica de Derecho Ambiental de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la UNLP.
“Este es un paso fundamental, ahora más que nunca es necesario redoblar los esfuerzos para avanzar en el resguardo de la Reserva de Biosfera Pereyra Iraola”, expresó el Foro.