El Juzgado Federal de Dolores -a cargo del magistrado Martín Bava- decidió no hacer lugar a la solicitud de una medida cautelar solicitada en favor de la orca Kshamenk –orca macho de la especie orcinus orca- que habita en el oceanario/zoológico Mundo Marino y es partícipe y protagonista de varios shows del establecimiento, con el objeto de que cesen dichas actividades que perjudicarían a la misma y su inmediato retiro.
Ante dicha petición, el organismo mencionado optó por solicitar una medida para mejor proveer designando a un etólogo y médico veterinario a fin de que se expida sobre el estado de salud del animal, su hábitat, rutina, etc.
Dicho profesional estableció que no se observó hiperagresión como efecto del encierro en el comportamiento de las orcas, no se observó estereotipias orales y enfermedades y lesiones dentales, con excepción de un diente quebrado, no se observó estrés de falta de control (periodos prolongados de apatía e inmovilidad en la superficie y reposo en el fondo de tipo catatónico) ni estrés de aburrimiento.
Sostiene que no muestra signos extremos y buena parte de su tiempo está ocupado en actividades programadas. No lo observó desorganizado, no registró conductas de evitación o defensa que impliquen sufrimientos.
Aunque también aclaró que la incidencia del encierro de la orca sobre sus aspectos físicos, psíquicos y emocionales es negativa en el sentido de que gran parte de “ser orca” no es posible en esas condiciones, viendo a un individuo que es, sólo parcialmente, una orca.
En relación a los shows dijo que se veía un enriquecimiento sensorial del animal, ayudando a manejar el estrés, realizando acciones de manera espontánea, sin que el público resulte agresivo.
Por ello, el juzgado interviniente entendió que del resultado de la medida dispuesta y de los elementos adjuntados en la demanda, no resulta acreditado que el tiempo que irrogue el proceso derive en un perjuicio irreparable para Kshamenk, pues el peligro en la demora no surge de ninguno de los puntos que conforman los dictámenes.
Retomando el informe del etólogo, entendieron que “…la contundencia de su conclusión en cuantos a los efectos que produciría modificar repentinamente la rutina de Kshamenk, no da lugar en el marco de esta medida cautelar, a la mínima posibilidad de un cambio de condiciones de vida, pues ello resultaría desacertado para su bienestar…”.
Por todo lo cual, se decidió no hacer lugar a la medida cautelar solicitada y mantener a Kshamenk en su espacio actual.