La Justicia avanza en la causa que investiga la responsabilidad penal de un administrador, un gasista que habría realizado una conexión clandestina y varios vecinos del complejo de locales comerciales en donde hace más de un año explotó uno de venta de teléfonos celulares en pleno centro de Florencio Varela. Días atrás fueron indagados los imputados en sede judicial y quedaron procesados por “estrago”. La fiscal Roxana Giménez, de la UFI N° 7 descentralizada a cargo de las actuaciones busca acusarlos por “estrago doloso”, es decir que sabiendo de los riesgos de un siniestro, tal como sucedió, no tuvieron los cuidados del caso.
Tal consta en la investigación, las causales del siniestro estarían dadas por una conexión clandestina de gas en uno de los departamentos que derivaron en la violenta explosión por “acumulación de gas”.
Días atrás fueron indagados los imputados y la fiscal notificó de los cargos en su contra a un administrador, un gasista y vecinos del complejo que sabían de la presunta conexión clandestina de gas. Los hechos han revelado que “se llevó adelante una conexión clandestina en el departamento que vertía gas directamente a las cañerías de gas clausuradas por Metrogas por estar deterioradas de todo el edificio. Al administrador se le endilga no hacer lo suficiente para evitar la explosión ya que por sus funciones podía recurrir a autoridades”, informaron las fuentes a Data Judicial.
Asimismo en las actuaciones se enrostra a moradores del complejo que conocerían de las irregularidades y facilitaron que estas siguieran, “facilitando la conexión clandestina”. A los encartados la doctora Giménez los indagó por “estrago doloso”; es decir que sabían del riesgo y peligro de la posible explosión y no tomaron medidas al respecto. Los imputados son asistidos por abogados particulares.
Además se pudo saber que las pérdidas ascienden a cientos de millones de pesos como que los moradores de unidades del complejo sito en el centro varelense no pudieron regresar a un año de la explosión por los daños ocasionados. Asimismo la doctora Giménez subsidiariamente busca procesarlos por “estrago culposo” en el caso que no prosperar el encuadre doloso, de acuerdo al criterio del magistrado actuante.
Estrago
El estrago es un delito penal que consiste en causar un daño de grandes proporciones que haya generado un peligro común; causar incendios, inundaciones o explosiones son medios típicos del estrago.
De acuerdo al artículo 189 del Código Penal, “será reprimido con prisión de un mes a un año, el que, por imprudencia o negligencia, por impericia en su arte o profesión o por inobservancia de los reglamentos u ordenanzas, causare un incendio u otros estragos. Si el hecho u omisión culpable pusiere en peligro de muerte a alguna persona o causare la muerte de alguna persona, el máximo de la pena podrá elevarse hasta cinco años”, agrega la misma norma.
Debe tenerse presente estrago es una figura de peligro, que puede generar un daño de grandes magnitudes. Y que además de ser un daño exige que se pongan en peligro bienes o personas. En caso de ser calificado como culposo, se deberá probar la inobservancia de normas sancionadas por los usos o expresamente previstas por las autoridades a fin de prevenir resultados dañosos.
En el estrago doloso se analiza la intencionalidad, es decir, si el autor ha querido ocasionar un daño.