En un nuevo intento del Gobierno nacional de “optimizar el uso de los recursos públicos”, el Ministerio de Capital Humano, liderado por Sandra Pettovello, anunció cambios en los requisitos del programa Alimentar Comunidad, el sistema de transferencia monetaria a comedores, merenderos, organizaciones sociales y comunitarias.
En tanto, la resolución 151/2025, publicada en el Boletín Oficial con la firma de la propia Pettovello, establece las nuevas condiciones para acceder a la asistencia estatal, al tiempo que endurece los controles sobre el uso de los fondos y modifica la autoridad de aplicación del programa Alimentar Comunidad.
De acuerdo a la resolución del Ministerio, las modificaciones en el programa Alimentar Comunidad buscan “garantizar una utilización eficiente, transparente y responsable de los recursos públicos”. A su vez, Pettovello estableció nuevos mecanismos para agilizar la llegada de alimentos a los comedores y merenderos comunitarios.
Uno de los principales cambios en el programa es que, para ser elegibles, los comedores deberán someterse a un relevamiento territorial in situ que verifique su existencia y funcionamiento. Además, las entidades que deseen inscribirse al programa deberán presentar documentación detallada ante la Subsecretaría de Promoción Humana.
“Cada entidad requirente podrá solicitar la incorporación al programa de hasta un máximo de cinco comedores y/o merenderos comunitarios”, señala la resolución, que también establece que la máxima autoridad de la organización deberá suscribirse al programa, y designar a la persona responsable de administrar los fondos, quien deberá declarar que no recibe otros subsidios nacionales.
Entre los documentos exigidos para completar la inscripción, se encuentran la resolución de personería jurídica, el acta constitutiva y el estatuto actualizado, la constancia de inscripción en ARCA, y la designación de las autoridades vigentes. También se requerirá el DNI del responsable designado, así como un acta de la entidad en la que se autorice la solicitud del subsidio.

Para aquellas organizaciones que no cuenten con personería jurídica, los requisitos son aún más estrictos: solo podrán registrar un comedor o merendero y deberán presentar una constancia de CUIL junto con el DNI del representante, mientras que el responsable deberá firmar una declaración jurada asegurando que no recibe otros subsidios nacionales.
Además, estas entidades deberán presentar un documento con la firma del responsable y al menos tres miembros más, en el que detallen desde qué año funciona el comedor, cuál es su objetivo y a qué población asiste. También deberán contar con avales de instituciones provinciales o municipales y aparecer en el Registro Voluntario de Simples Asociaciones de la Inspección General de Justicia o en el registro correspondiente.
Otro de los puntos clave de la reforma en el programa Alimentar Comunidad es el cambio en la administración. La resolución establece que la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia será la nueva autoridad de aplicación, junto a la Coordinación de Presupuesto, Contabilidad y Finanzas de la Dirección de Administración de Niñez, Adolescencia y Familia, que será la encargada de realizar los ajustes presupuestarios necesarios.
A partir de la aprobación de la prestación, los Pettovello modificó los requisitos para brindar asistencia a comedores recibirán una transferencia mensual de fondos para la compra de alimentos frescos y secos. Este dinero será acreditado en la Tarjeta Alimentar Comunidad (T.A.C), un instrumento exclusivo para la adquisición de productos alimenticios.
El uso de esta tarjeta estará estrictamente regulado, y quedará prohibida su utilización para la compra de bebidas alcohólicas, cigarrillos y otros productos no esenciales. Además, se permitirá destinar hasta un 6% del monto recibido a la compra de artículos de higiene, limpieza y gastos operativos.
Para evitar “irregularidades en el uso de los fondos”, el Ministerio de Capital Humano estableció un nuevo esquema de control. El seguimiento y monitoreo de la ejecución del programa se llevará a cabo mediante relevamientos territoriales presenciales y el uso de herramientas tecnológicas.
Con el objetivo de “optimizar los recursos”, Pettovello cambió los requisitos para dar asistencia financiera a los comedores y merenderos comunitarios.
En tanto, el Ministerio de Capital Humano tendrá amplias facultades de supervisión sobre los comedores y podrá delegar estas tareas en organismos públicos, privados o en organizaciones de la sociedad civil, y también podrán intervenir la Unidad de Auditoría Interna, la Sindicatura General de la Nación y la Auditoría General de la Nación.
Por último, los merenderos y comedores inscriptos en el programa Alimentar Comunidad deberán conservar toda la documentación vinculada a la asistencia recibida por el Ministerio de Capital Humano, incluyendo registros contables y facturas, durante un período de diez años, para presentar en caso de que una auditoría lo requiera.
Es preciso mencionar que, la implementación de estos cambios en el programa Alimentar Comunidad plantea desafíos tanto para los comedores y merenderos como para las autoridades encargadas de supervisar su cumplimiento.
Es que, a corto plazo, las organizaciones deberán adaptarse a los nuevos requisitos y presentar la documentación necesaria para seguir recibiendo asistencia, y a su vez, el Ministerio de Capital Humano deberá garantizar que los controles adicionales no generen demoras en la entrega de los fondos ni afecten a las personas que dependen de estos espacios para su alimentación diaria.
Por eso, los próximos meses serán claves para evaluar el impacto de estas medidas y su efectividad para mejorar la transparencia y la eficiencia en la distribución de los recursos. Mientras tanto, la tensión entre el Gobierno y las organizaciones sociales sigue en aumento, en un contexto de creciente demanda de asistencia alimentaria en todo el país.