La Cámara Nacional Electoral confirmó el procesamiento sin prisión preventiva de una empleada de una agencia de medios que manejaba cuentas publicitarias y publicó dos videos falsos –previo a realizarse las elecciones PASO del 2021- en la red social Facebook.
El procesamiento tuvo basamento en la presunta responsabilidad de dicha empleada en la publicación de videos falsos durante las mencionadas elecciones que buscaban perjudicar al precandidato a senador por Córdoba de Juntos por el Cambio Mario Raúl Negri.
Los dos videos habían sido subidos en la red social Facebook en la página “Primero Córdoba”, en donde se utilizaban audios editados para simular que Negri pedía a sus empleados un porcentaje de sus sueldos para financiar su campaña.
La imputación entiende que dichas publicaciones violan el artículo 140 del Código Electoral Nacional ya que buscaban “inducir al electorado a no votarlo”. Además, se resaltó la respuesta de la empresa Meta (Facebook) que aportó datos que vinculaban a la empleada con la cuenta publicitaria desde donde se difundieron los videos ya que la dirección IP usada coincidía con el domicilio de su madre.

Junto con ello, la resolución resalta el alcance de los videos apócrifos, en donde –también según la empresa- se informó que tuvieron entre 350.000 y 450.000 impresiones y que las mismas fueron financiadas para su mayor divulgación.
El fallo destaca que los delitos electorales en redes sociales “afectan la pureza del sufragio” y subraya el riesgo de la desinformación en procesos democráticos. Además, resaltó los estándares internacionales sobre violencia electoral –y en especial sobre las mujeres- y recordó que la libertad de expresión “no ampara el engaño masivo”. También se advierte que estas prácticas no solo dañan a candidatos, sino que “comprometen la confianza en el sistema democrático”.
Los camaristas indicaron que el caso sienta un precedente sobre el uso de redes sociales para manipular elecciones y destaca los desafíos de la Justicia ante la desinformación digital.