La diputada bonaerense de Unión por la Patria, Luciana Padulo, volvió a presentar un proyecto de ley que busca incorporar nuevas figuras al Código de Faltas de la provincia de Buenos Aires, con el objetivo de sancionar el hostigamiento digital, la suplantación de identidad en internet y la difusión de material íntimo sin consentimiento. Es preciso mencionar que, la iniciativa ya había sido impulsada por la legisladora del peronismo en septiembre de 2024, pero perdió estado parlamentario, por lo que ahora decidió insistir con la propuesta ante el crecimiento de los entornos digitales.
De esta manera, el proyecto para sancionar el hostigamiento digital propone modificar el Código de Faltas bonaerense mediante la incorporación de una serie de artículos que tipifican distintas conductas realizadas a través de medios digitales que, sin constituir delitos penales, afectan la integridad, la dignidad y la vida cotidiana de las personas. En ese sentido, la iniciativa de Padulo busca cubrir un vacío normativo existente en la legislación de la provincia de Buenos Aires frente a situaciones cada vez más frecuentes vinculadas al uso masivo de tecnologías de la información y la comunicación, que en muchos casos derivan en hostigamiento digital.

Entre los puntos centrales, la propuesta incorpora la figura del hostigamiento o acoso digital, definido como “la conducta reiterada e insistente de una persona que, mediante medios virtuales, genera padecimientos físicos, psíquicos o espirituales en la víctima, menoscabando su libertad, su integridad o su sensación de seguridad”. Para estos casos, la legisladora del peronismo busca establecer una sanción que podrá consistir en multas de entre diez y treinta haberes mensuales del Oficial Subayudante del Agrupamiento Comando de la Policía de la provincia, o arresto de entre cinco y treinta días, siempre que la conducta no configure un delito penal.
Asimismo, el proyecto de Padulo contempla la suplantación digital de identidad como otra de las conductas a sancionar dentro del régimen contravencional. Es que, la iniciativa plantea castigar a quienes utilicen la imagen o los datos filiatorios de una persona para crear identidades falsas o hacerse pasar por ella en plataformas digitales, páginas web o cualquier medio electrónico sin su consentimiento. Según se establece en el texto, estas prácticas “pueden funcionar como antesala de situaciones más graves y generan perjuicios directos sobre la reputación y la identidad digital de las víctimas”.
Otra de las incorporaciones relevantes que hace Padulo se vincula con la obtención, reproducción o difusión de material íntimo sin autorización, ya que el proyecto propone sancionar a quienes publiquen, distribuyan o faciliten imágenes o contenidos de carácter íntimo, reales o editados, mediante medios digitales sin el consentimiento de las personas que aparecen en ellos. En estos casos de hostigamiento digital, las sanciones previstas se elevan y pueden implicar multas de entre veinte y cuarenta haberes mensuales, o arresto de entre quince y cuarenta y cinco días.
