En la semana en que la Cámara de Diputados comenzará con la conformación de varios organismos parlamentarios, la Comisión de Legislación Penal convocó a una reunión informativa para relanzar el tratamiento del proyecto de ley con media sanción que propone elevar penas ante siniestros viales agravados. Para este encuentro fueron invitadas la asociación Madres del Dolor y la fundación Estrellas Amarillas.
El encuentro está citado para el próximo miércoles 18 de marzo a las 11.30 en la Sala 1 del segundo piso del Anexo de la Cámara baja. La reunión será encabezada por la diputada cordobesa Laura Rodríguez Machado y contará con la exposición de Viviam Perrone de la asociación Madres del Dolor; y de Silvia González en representación de la fundación Estrellas Amarillas.
El proyecto de ley de reforma al Código Penal de la Nación cuenta con media sanción de la Cámara alta desde el 18 de septiembre pasado. Una vez girado el texto a la Cámara baja, las diferentes ONG que trabajan con la problemática dieron el primer debate en Diputados, pero, elecciones legislativas de por medio, el tema quedó postergado.

La iniciativa fue impulsada por las senadoras Victoria Huala (Pro – La Pampa), Anabel Fernández Sagasti (Unión por la Patria – Mendoza) y Beatriz Ávila (Independencia – Tucumán), y propone elevar hasta 12 años las condenas en aquellos conductores cuando, ante siniestros viales, concurran factores como consumo de alcohol o drogas, exceso de velocidad o fuga del lugar del hecho. También mantiene la inhabilitación del registro.
En síntesis, añade las circunstancias de los agravantes ya existentes (darse a la fuga o no socorrer a la víctima, estar bajo efecto de estupefacientes o alcohol, o que haya más de una víctima fatal) las siguientes conductas de la persona que maneja: haber consumido medicamentos que disminuyan la aptitud para conducir; tener alcoholemia mayor a cero; exceder en un 30% la velocidad máxima; no estar habilitado para conducir el vehículo involucrado; estar manipulando equipos móviles de comunicación al conducir; y cruzar las vías del tren sin tener el paso habilitado.
En el mismo artículo 84 bis se prevé la pena agravada de 5 a 12 años e inhabilitación especial por el doble de tiempo de la condena para el caso en que se presenten en conjunto tres o más agravantes de las mencionadas.
El proyecto también introduce modificaciones similares en el artículo 94 bis, que regula las lesiones culposas por conducción de un vehículo con motor. También introduce un tipo agravado, con prisión de 3 a 6 años e inhabilitación especial por el doble de tiempo de la condena, para el caso en que se diesen en conjunto tres o más circunstancias agravantes.
